Boletines/Vicente López

Decreto Nº4051/23

Decreto Nº 4051/23

Vicente López, 13/07/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-2347/2023

Visto

la Ordenanza N° 36903 que adhiere a la Ley Provincial N°14.828 referente a la “Creación del Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires”, y;

Considerando

Que, en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, resulta necesario continuar, de forma paulatina y progresiva, con la incorporación de diversas tecnologías en los trámites, actuaciones y procedimientos de la Administración.

Que la acelerada transformación que ha experimentado el mundo moderno se traduce en la necesidad de adoptar cambios de infraestructura y equipamiento, con la incorporación de nuevas herramientas de gestión orientadas a optimizar su eficiencia y productividad.

Que en tal sentido, esta administración, por conducto del Decreto 3369/2023 implementó el sistema “MESA DIGITAL VICENTE LÓPEZ” a fin de contar con una plataforma de gestión de expedientes y administración electrónica que incluya la compatibilidad y optimización de los procedimientos internos de gestión, reemplazando los expedientes en papel por expedientes electrónicos integrados en su totalidad por documentos digitales, impulsando la despapelización de la administración pública municipal con una estrategia de integración de las diferentes herramientas, con el objetivo de agilizar la tarea de los operadores dentro de la Municipalidad y de esta forma impactar de manera positiva la gestión de las necesidades de los vecinos.

Que la gestión documental electrónica, implica el uso de nuevas tecnologías para transformar procesos y formas de trabajo haciendo más eficiente a la Administración Pública, generando nuevas oportunidades para que los ciudadanos se involucren en la gestión y favoreciendo el desarrollo de modelos sustentables.

Que este Gobierno Municipal, en esta nueva etapa, ha decidido implementar una plataforma de Identidad Digital para el acceso a la información y el inicio de diversos trámites o servicios al vecino, explorando las nuevas oportunidades que brinda la tecnología, permitiendo que el vecino, gestione su información y pueda realizar trámites online con el municipio.

Que corresponde señalar que la “identidad digital” es el conjunto de información pública en internet sobre cada uno de nosotros y compone la imagen que los terceros tienen de nosotros.

Que, este proyecto, denominado “IDENTIDAD DIGITAL” crea un portal de acceso de identidad única en el marco del Municipio de Vicente López; para permitir un ingreso fácil y seguro a los servicios y trámites online.

Que, en el ámbito de nuestra administración municipal, existen múltiples servicios que se han ido generando con el paulatino avance tecnológico, los que mediante diversas tecnologías proporcionan a los vecinos la posibilidad de gestionar la variedad de trámites propios del municipio.

Que, con el fin de hacer que la experiencia del vecino de Vicente López en el mundo digital sea más ágil y segura, se ha decidido proveer a los mismos de un portal único de acceso, con la posibilidad de crear un único usuario y contraseña que les permita el ingreso a todos los servicios que ofrece el municipio. Los datos de este usuario
estarán validados por el sistema Autenticar (tecnología blockchain).

Que la autenticación será el proceso por el cual se comprobará que la persona es quien dice ser, al realizar cualquiera de los trámites disponibles.

Que, en tal sentido, la plataforma de “IDENTIDAD DIGITAL” ofrecerá al vecino un amplio catálogo en el cual se podrán encontrar todos los trámites que ofrece el municipio y que podrán realizarse desde la misma; brindando información estandarizada, clara y precisa. Es dable destacar que si el vecino se encuentra logueado en la plataforma y desea iniciar un trámite, podrá conectarse directamente al servicio deseado sin necesidad de volver a ingresar sus datos de usuario y contraseña, y así sucesivamente, sin requerir un nuevo ingreso de datos.

Que la tecnología que utiliza el proyecto, lo posiciona como superador, habiendo sido creado a la medida de las necesidades de este municipio, con la posibilidad de adaptarlo en cualquier momento con recursos propios, a los requerimientos que se presenten en la evolución de los trámites y sin depender de circunstancias externas ajenas a esta Administración, reduciendo costos y agilizando los tiempos de desarrollo de las diferentes funcionalidades.

Que, previo a la obtención de su usuario y contraseña, al momento de registrarse, el vecino deberá aceptar los “Términos de uso y políticas de privacidad” que como Anexo I forman parte del presente; siendo ello un requisito de costumbre en las plataformas digitales como adhesión a las pautas de uso preestablecidas.

Que, de este modo, se insta un nuevo avance hacia la modernización de la administración municipal de este partido, que se sustenta en los lineamientos establecidos por la legislación vigente.

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- IMPLEMENTAR el proyecto IDENTIDAD DIGITAL como plataforma de acceso con usuario y claves únicas dentro del Municipio de Vicente López, por las razones de mención exordial.

Artículo 2º.- APROBAR el documento TÉRMINOS DE USO Y POLÍTICAS DE PRIVACIDAD como medio de autorización a las pautas preestablecidas que los usuarios deberán aceptar al momento de registrarse en la plataforma, el cual forma parte del presente como Anexo I.

Artículo 3º.- FACULTAR a la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación y funcionamiento del sistema aprobado por el artículo 1° del presente.

Artículo 4º.- La Subsecretaría de Modernización brindará asistencia técnica y capacitación necesaria en conjunto con la Secretaría de Recursos Humanos para la implementación y funcionamiento del sistema “IDENTIDAD DIGITAL” en el Municipio.

Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Legal y Técnica y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 6º.- COMUNICAR mediante Nota de Estilo al Honorable Concejo Deliberante y al Honorable Tribunal de Cuentas, por intermedio de la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica.

Artículo 7º.- TOMAR conocimiento por todas las Secretarías y Subsecretarías del Departamento Ejecutivo.

Artículo 8º.- DAR al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente ARCHIVAR.

Fdo: Martinez-Baistrocchi-Vittorini

Nota: Para ver el anexo, entrar en Anexo. En la versión impresa el Anexo está al final del Boletín

Anexos

Anexo del Decreto 4051.23

Decreto 4051.23 anexo proyecto de Identidad Digital

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