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Decreto Nº661/22

Decreto Nº 661/22

Campana, 11/08/2022

Expediente N°:4016-23867/2015 Cpo.2. Incremento sueldos básicos.

Visto

La Ley Provincial Nº 14.656, la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales y su similar modificatoria, suscripta el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza Nº 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.), y el Expediente N° 4016-23867-2-2015; y

Considerando

Que la política salarial para el personal se formula en el marco de los acuerdos alcanzados en las negociaciones colectivas regidas por la mencionada Ley Provincial y el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.

Que obra el Acta de Negociación Colectiva N° 0006/2022, celebrada con fecha 29 de julio del 2022, mediante la cual la Comisión Negociadora, resuelve acordar: adelantar el diez por ciento (10%), que fue acordado para el mes de diciembre por Acta Paritaria N° 005/2022, para el mes de agosto del año en curso, y a su vez, mantener el diez por ciento (10%) otorgado para el mes de septiembre y adicionar un seis por ciento (6%) para el mes de diciembre, ambas del año 2022, determinando con dichos aumentos los sueldos básicos del personal Municipal según lo establecido en el ANEXO I, II y III.

Que lo convenido importa la modificación de los montos previstos en las pertinentes Partidas Presupuestarias a consecuencia de la necesidad de efectivizar la medida.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda, indica que existen fondos disponibles para acceder a lo solicitado, en las categorías Programáticas correspondientes, del Presupuesto General de Gastos vigente y que no hay objeciones económicas y/o financieras que formular al respecto.

Que en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, por el cual se dé cumplimiento a lo dispuesto en el Acta de Negociación Colectiva Nº 0006/2022, celebrada con fecha 29 de julio del año 2022.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Convalídase el Acta de Negociación Colectiva Nº 0006/2022, celebrada el día 29 de julio del año 2022, la que se encuentra glosada en el Expediente Municipal N° 4016- 23867-2-2015.-

ARTÍCULO 2º.- Increméntanse los sueldos básicos del personal municipal enmarcado en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, de la siguiente manera: adelantar el diez por ciento (10%), que fue acordado para el mes de diciembre por Acta Paritaria N° 005/2022, para el mes de agosto del año en curso, y a su vez, mantener el diez por ciento (10%) otorgado para el mes de septiembre y adicionar un seis por ciento (6%) para el mes de diciembre, ambas del año 2022.-

ARTÍCULO 3°.- Establécese los sueldos básicos que se detallan en los Anexos titulados: BÁSICOS POR ESCALAFÓN Y RÉGIMEN HORARIO que forman parte integrante de este Decreto, a partir de las fechas que en particular se especifican en ellos.-

ARTÍCULO 4º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto se tomarán de las Estructuras Programáticas correspondientes a la jurisdicciones 1110103000 – Secretaría de Economía y Hacienda; 1110105000 – Secretaría de Salud; 1110106000 – Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas; 1110110000 – Intendente Municipal; 1110112000 – Secretaría de Gabinete; 1110114000 – Secretaría de Prevención Ciudadana; 1110120000 – Secretaría Técnica, Administrativa y Legal; 1110125000 – Secretaría de Espacio Público y Descentralización; 1110126000 – Secretaría de Ingresos Públicos; 1110127000 –Secretaría de Desarrollo Social, Educación y Cultura; 1110128000 – Secretaría de Desarrollo Económico, del Presupuesto General de Gastos para el año 2022.-

ARTÍCULO 5º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese; comuníquese y archívese.-

Anexos

Anexo I

Cuerpo y Anexo

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