Boletines/Tandil

Decreto Nº2910/2021

Decreto Nº 2910/2021

Tandil, 13/09/2021

Visto

La Licitación Pública Nº 41-01-19 “Ampliación y refacción. Escuela Secundaria N° 2”; y

Considerando

Que mediante DECTO-2020-546-E-MUNITAN-INT del 27 de Febrero de 2020 se procedió a la adjudicación a la firma Cooperativa Falucho de Vivienda Ltda. de la presente licitación, por la suma total de Pesos dieciseis millones doscientos noventa y ocho mil sesenta y tres con setenta y ocho centavos ($ 16.298.063,78).

Que conforme al pliego de Bases y Condiciones de la Licitación expresamente en su artículo 77° menciona que en el supuesto de que se produzcan variaciones significativas en los costos, la redeterminación de precios se efectuará a requerimiento del adjudicatario, conforme lo normado en el Decreto 367/17 E de la Provincia de Buenos Aires.

Que el Decreto N° 367/17 E de la Provincia de Buenos Aires y la Resolución 217/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos reglamentario de aquel, prevé que los contratistas podrán optar por solicitar adecuaciones provisorias sucesivas y una redeterminación al final del contrato o solo ésta última.

Que mediante los decretos DECTO-2021-373-E-MUNITAN-INT y DECTO-2021-2234-E-MUNITAN-INT se aprobaron las Adecuaciones Provisoria N° 1 y N° 2 de dicha obra, por al suma de Pesos un ochocientos noventa y siete mil novecientos cuatro con diez centavos ($ 897.904,10) y Pesos un millón cientos veinte mil novecientos veintitres con treinta y dos centavos ($ 1.120.923,32), respectivamente.

Que la firma Falucho Cooperativa de Vivienda Ltda. ha presentado la solicitud de Adecuación Provisoria N° 2 de precios el 15 de octubre de 2020, conforme a la estructura de ponderación de insumos principales, expresando que la variación de precios ha superado el cinco por ciento previsto en la norma a partir de la fecha de apertura de la licitación.

Que a fs. 2548 y 2549 se agregan Acta y Decreto de Recepción Provisoria de la obra, respectivamente.

Que a fs 2551/2560 interviene el área Gestión de Proceso, concluyendo sobre la factibilidad de otorgar una redeterminación de precios definitiva de la obra a favor de la empresa Cooperativa Falucho de Vivienda Ltda. por la suma de Pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y nueve mil novecientos ochenta y uno con doce centavos ($4.489.981,12).

Que con fecha 7 de Septiembre de 2021 se ha procedido a rubricar el Acta de Redeterminación Definitiva de Precios entre la Municipalidad de Tandil y la firma Cooperativa Falucho de Vivienda Ltda.

Que se han expedido al respecto la Secretaría de Economía y Adminitsración, la Contaduría General y la Dirección de Presupuesto.

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Convalídese el Acta de Redeterminación de Precios Definitiva rubricada el día 7 de Septiembre de 2021 entre la Municipalidad de Tandil y la firma Cooperativa Falucho de Vivienda Ltda.

Artículo 2º: Adecúase el valor de la Licitación Pública Nº 41-01-19 “Ampliación y refacción. Escuela Secundaria N° 2” adjudicada a la la firma Cooperativa Falucho de Vivienda Ltda. por el monto total de pesos veintidos millones ochocientos seis mil ochocientos setenta y tres con doce centavos ($ 22.806.873,12).

Artículo 3º: Establécese, por aplicación del Artículo 2° del presente Decreto, el valor de la redeterminación definitiva de precios en la suma de Pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y nueve mil novecientos ochenta y uno con doce centavos ($ 4.489.981,12).

Artículo 4º: Los precios por ítem determinados por aplicación del valor final redeterminado se adjuntan como Anexos I y II, los cuales se consideran parte del presente Decreto.

Artículo 5º: La erogación respectiva se imputará a la partida mencionada por la Dirección de Presupuesto en el informe obrante en el presente expediente. (Fuente de Financiamiento 132 – Recursos Afectados de Origen Provincial, Rubro de Afectación 17.5.01.53).

Artículo 6º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 7º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno                   -                  Intendencia

Anexos

ANEXO I

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ANEXO II

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