Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº1378/24

Decreto Nº 1378/24

Hipólito Yrigoyen, 12/12/2024

Expediente Nº 4057-  665/24.-

                                                                       

DECRETO Nº 1378/ 24.-

 

Visto

Las actuaciones administrativas Expediente Nº 4057-665 /24, mediante las cuales,  la Dirección de Obras Públicas solicita la, CONSTRUCCION  CONTRAPISO, MUROS, Y  ABERTURAS  INTERIORES EN  RESIDENCIA  EESA N° 1 ETAPA   3,   y

Considerando

Que mediante nota el Director de Obras Públicas solicita la CONSTRUCCION  CONTRAPISO, MUROS, Y  ABERTURAS  INTERIORES EN  RESIDENCIA  EESA N° 1 ETAPA   3,   a  Fs.  2.-

Que, se agrega a la mencionada solicitud de fs.2 a 34, Planilla  de  Identificación de  Obra,  la Memoria Técnica,  cómputo  y  presupuesto  Oficial, Planilla  Resumen, junto con el Plano de la misma.-

Que consecuentemente,   el  Jefe de Compras ante  el  requerimiento, solicita el inicio de expediente 4057-665/24, a fin de dar curso al procedimiento específico.- 

Que  a  fs. 1 de  expide  el  Jefe  de  Compras,  informa  el  tipo de  Procedimiento, siendo  el  mismo  una  Licitación  Privada.-

Que por su parte, la Ley Orgánica para las Municipalidades establece en el art. 283 bis la actualización de los valores  que rigen en relación a los artículos 133, 138, 145, 151, 152, 159, 191 y 223 de la misma.-

Que previamente la Secretaría de Asuntos Legales y  Dirección de Obras Públicas se han expedido en cuanto al procedimiento para la adquisición, comprendiéndose conforme lo prescribe el art. 151, 133, 153 y conc,  y 283 bis  de la Ley Orgánica para las Municipalidades, correspondiendo llamar a  Licitación  Privada.-

Que la Contaduría Municipal  a  fs. 35 se ha expedido en relación a las partidas con las cuales serán atendidas las erogaciones pertinentes que demanden la compra, Jurisdicción 1110106000: Secretaria  de Obras  Públicas, Categoría Programática: 16.65.00 –, CONSTRUCCION  CONTRAPISO, MUROS, Y  ABERTURAS  INTERIORES EN  RESIDENCIA  EESA N° 1 ETAPA   3,  PARTIDA  DEL  GASTO 5.2.2.05068, para la Contratación de Servicios, respecto de la Fuente de financiamiento: Recurso 11.9.11.00, Fondo Docente 132. De  Origen Provincial.-

 

            Que la Ley Nacional N° 26.075 estableció, por el plazo de CINCO (5) años, una asignación específica de recursos coparticipables en los términos del inciso 3  del artículo 75 de la Constitución Nacional con la finalidad de garantizar condiciones equitativas y solidarias en el sistema educativo nacional. Por su parte, el artículo 19 de la Ley Nacional N° 27.467 estableció la vigencia para el ejercicio 2019 de la mencionada norma asegurando el reparto automático de los recursos a los municipios para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función educación La Ley N° 15.078 de Presupuesto de la Provincia de Buenos Aires, prorrogada por el articulo 24 de la Ley N° 15.165, estableció qué porcentaje de los recursos de  afectación especifica que perciba la Provincia en virtud de la vigencia del artículo 19 de la Ley Nacional N° 27.467, serán transferidos diaria y automáticamente a los Municipios para cubrir gastos relacionados con la finalidad y función educativa.

Que la Comuna, dentro del ámbito territorial de su Distrito, es responsable de ejecutar las obras, en las que se definirá un plan de trabajo, de acuerdo a las Especiaciones Técnicas, Memoria Descriptiva, Cómputo, Presupuesto y demás documentación técnica correspondiente, conjuntamente  con educación.

Que resulta necesaria la contratación de un tercero para la ejecución de la Obra.-

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN

DECRETA

 

ARTÍCULO PRIMERO: LLAMESE A LICITACION PRIVADA Nº 04/2024, CONSTRUCCION  CONTRAPISO, MUROS, Y  ABERTURAS  INTERIORES EN  RESIDENCIA  EESA N° 1 ETAPA   3,  con las especificaciones que constan en los correspondientes anexos al presente.

 

ARTICULO SEGUNDO: APRUEBENSE los pliegos de bases y condiciones generales y particulares y los formularios correspondientes que forman parte del presente decreto con sus  NUEVE (09) ANEXOS, debiéndose ajustarse a los mismos las ofertas que sean presentadas en el marco de la licitación privada.-

 

ARTICULO TERCERO: FÍJESE la fecha de apertura de sobres de ofertas para el día 27 de DICIEMBRE DE 2024 a las 9:30 HS. en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. 

 

ARTICULO CUARTO: FÍJESE de fecha de entrega  de propuestas hasta el día  27 de DICIEMBRE  de  2024 hasta las 9.00 HS. en la Mesa de Entradas  de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.

 

ARTICULO QUINTO: Establézcase como presupuesto Oficial la suma de PESOS SETENTA Y  UN  MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS NOVENTA  Y  UNO  CON  SEIS  CENTAVOS ($ 71.312.791,06). El gasto se imputará a la  Jurisdicción 1110106000: Secretaria  de Obras  Públicas, Categoría Programática: 16.65.00 –, CONSTRUCCION  CONTRAPISO, MUROS, Y  ABERTURAS  INTERIORES EN  RESIDENCIA  EESA N° 1 ETAPA   3,  PARTIDA  DEL  GASTO 5.2.2.05068, para la Contratación de Servicios, respecto de la Fuente de financiamiento: Recurso 11.9.11.00, Fondo Docente 132. De  Origen Provincial.-

 

ARTÍCULO SEXTO: Las ofertas deberán cumplimentar los requisitos detallados en los pliegos de bases y condiciones generales y particulares y sus respectivos anexos.

ALCANCE DE LOS TRABAJOS.

El alcance de los trabajos, planos,  medidas y ubicación, se encuentran determinadas en plano y memorias agregadas en los anexos al presente.

ARTICULO SEPTIMO: CONSULTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS. Los pliegos y toda la documentación que integra las bases de la licitación podrán consultarse en la Dirección de Obras Publicas de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen, y/o  en  Arquitecta  de  Educación,  sito en calle Mariano Moreno y España.  Los Pliegos serán entregados sin costo por la Dirección de Compras a los invitados a cotizar.-

 

ARTICULO OCTAVO: PLAZO DE OBRA.  Para el cumplimiento del contrato se ha fijado un plazo de SETENTA  Y  CINCO días (75)  corridos, contados a partir de la fecha del acta de inicio de obra.  Se deberá prever el trabajo en doble turno, nocturno, fines de semana, feriados, etcétera, sin que ello represente o genere derecho a mayores costos o adicionales de ninguna naturaleza. Para el ingreso de personal de la CONTRATISTA los fines de semana y/u horario nocturno, se solicitará autorización para cada fecha concreta a la Inspección de Obra.

 

ARTICULO NOVENO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas de Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto Nº 303 /16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Dicha Comisión emitirá un informe que contendrá un pormenorizado estudio técnico económico y legal de cada una de las propuestas que estén en condiciones de ser preadjudicatarias y establecerá un orden de conveniencia.

La oferta más conveniente será aquella que esté en un todo de acuerdo con las exigencias contenidas en el pliego licitatorio, conforme las previsiones establecidas en la legislación vigente. Cumplimentado lo precedente, el Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la adjudicación, acto que también resolverá las eventuales impugnaciones que se hubiesen producido.

No obstante, se dará  prioridad de contratación a favor de personas físicas o jurídicas con domicilio y/o establecimiento comercial en el Partido, siempre que se configuren similares condiciones en cuanto a precio y calidad con respecto a ofertas realizadas por personas físicas y/o jurídicas con domicilio comercial y/o establecimientos comerciales en otros Partidos o jurisdicciones territoriales. Dicha prioridad establecida,  no podrá superar en un cinco (5) por ciento en precios o valores a las ofertas presentadas por sujetos no beneficiarios del principio referenciado.

Cuando se disponga la adjudicación a un proponente cuya oferta no sea la de menor monto el D.E. deberá motivar las razones que inducen a dicha decisión, teniendo en cuenta las bases y condiciones de la Licitación. Dichas razones pueden ser: técnicas, económicas y/o de calificación de las empresas.

El acto de adjudicación será notificado a todos los oferentes precalificados.

Las impugnaciones a la adjudicación que eventualmente se presentaren, tramitarán por expediente por separado, formado con las copias pertinentes, sin interrumpir el trámite, del principal.

Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado. - 

 

ARTÍCULO DECIMO: IMPUGNACIONES:Concluido el acto de apertura, se podrán efectuar impugnaciones al acto y/o contenido de las propuestas, para lo cual se establece un plazo de 3 (tres) días hábiles, contados a partir del día siguiente del acto de apertura. Cumplido el plazo establecido no se aceptarán más impugnaciones o reclamos.

De las impugnaciones se dará traslado a los oferentes impugnados por el término de dos (2) días hábiles al solo efecto de que tomen conocimiento de la misma, y manifiesten, dentro de dicho plazo, lo que estimen pertinente respecto de la impugnación.

Queda establecido que no podrá acompañarse en tal oportunidad documentación que debió ser presentada en el sobre correspondiente.

Cumplidos los trámites señalados precedentemente, en cuanto correspondiere, quedará concluido el período de vistas e impugnaciones. Las actuaciones quedarán reservadas para su evaluación por la Comisión respectiva.

 

ARTÍCULO  DECIMO PRIMERO: Dese intervención a la Dirección de Compras, a efectos de proceder a dar cumplimiento al llamado a Licitación Privada,   y oportunamente, a la Secretaria de Gobierno a fin de la apertura de las ofertas, posteriormente al resto de las áreas intervinientes. 

 

ARTÍCULO  DECIMO SEGUNDO: Regístrese, notifíquese, comuníquese y cumplido archívese.

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                       DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS Y CATASTRO                            INTENDENTE MUNICIPAL

               Dr. Martín Arpigiani                                                                     Agrim. Hernan Camps                                                      Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni

Anexos

ANEXO II Y PRESUPUESTO

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ANEXO IV

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