Boletines/Moreno

Decreto Nº4844/23

Decreto Nº 4844/23

Moreno, 01/12/2023

Visto y considerando

VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-256674-S-2023 iniciado por la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte; y

CONSIDERANDO que en dichas actuaciones se declare de Interés Municipal al Certamen para Nuevos Valores denominado “PRE BARADERO 2024” Sede Moreno, iniciado por la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte.

Que la importancia de este evento radica, en la cual el festival de Folklore de Baradero es uno de los motores más importantes para nuestro folklore, siendo que la organización del mismo, servirá para seleccionar a los artistas que formaran parte del mencionado festival, siendo un gran desafío para nuestra comunidad.

Que la declaración de interés municipal del evento, implicaría una medida de acción positiva tendiente a fomentar la idiosincrasia de la comunidad de Moreno.

Que, la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte manifestó que la realización del evento con lleva erogación de gastos, informando a qué partida presupuestaria se imputarán los mismos.

Que, el área de Presupuesto Municipal ha ratificado la partida presupuestaria en la cual deberá imputarse la erogación que genere el evento.

Que, ha tomado la debida intervención la Contaduría Municipal, dando cumplimiento con lo estipulado en el Art 187 Inc. 6 del Decreto-ley 6769/58.

Que, ha tomado conocimiento la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Dictámenes, emitiendo el correspondiente dictamen jurídico.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Articulo 108, inc. 17 del Decreto-ley 6769/58.

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO 

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárase de Interés Municipal al Certamen para Nuevos Valores denominado “PRE BARADERO 2024” Sede Moreno, que se llevará a cabo por la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte, a realizarse los día 02 y 03 de diciembre 2023, por los fundamentos vertidos ut-supra en los considerandos del presente.

ARTÍCULO 2°.- Autorizase a la Contaduría Municipal a librar orden de pago por las erogaciones que se generen cuyos gastos se imputarán en la siguiente partida; Jurisdicción: 1.1.1.01.07.000 Secretaría de Cultura, Educación y Deporte, Cat. Programática: 26,04, Coord. de las Actividades Culturales, Fuente de Financiamiento: 1.1.0 Tesoro Municipal.

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por las Señoras Secretaria de Cultura, Educación y Deporte, la Sra. Secretaria de Economía, y el Sr. Secretario de Gobierno.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese; cumplido, archívese.

SR ALBERTO ESTEBAN CONCA                          SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ

DRA MARIELA BIEN                                            CYNTHIA MUÑOZ