Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 7067/23
Moreno, 16/11/2023
VISTO el Expte. H.C.D. N° 35.688/2023, mediante el cual solicita creación del Programa “MI MUNI AZUL”; y
CONSIDERANDO que el Municipio de Moreno presenta la necesidad de continuar desarrollando políticas públicas de integración de personas con TEA, TEL, TDAH y TOD entre otros trastornos del desarrollo neurológico, según determine la autoridad de aplicación.
QUE nuestro Municipio cuenta con una vasta trayectoria en legislación respecto del tema, como consta en la Ordenanza de prohibición de la pirotecnia sonora, la adhesión a las leyes nacionales y provinciales 3, la creación del Programa ConecTeAndo, la implementación de estrategias de accesibilidad cognitiva como los pictogramas que es un sistema alternativo y aumentativo de comunicación, entre otros.
QUE en Moreno contamos con el CSI, en el que hay procedimientos de detención temprana y diagnóstico de TEA, siendo uno de los pocos municipios en la provincia que cuentan con dispositivos de esta característica en el sistema público municipal de salud.
QUE el trastorno Espectro Autista (TEA) es un trastorno del neurodesarrollo, cuyo índice de prevalencia es de 1 en 36 (cada 36 nacimientos un niño o niña nacerá con autismo).
QUE el TEA afecta la comunicación, la interacción con las personas y su entorno en diferentes niveles y necesidades de apoyo.
QUE es deber del Estado garantizar las condiciones necesarias para la inclusión participación e integración plena de las personas en sociedad.
QUE la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su Art. 9° Inc. 1) estipula que “A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público, tanto en zonas urbanas como rurales”.
QUE la Ley N° 25.280 en su Artículo 3° estipula “Adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad”.
QUE la Ley Nacional N° 27.043 sancionada en el 2014 y reglamentada en el 2019, declara de Interés Nacional el Abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan TEA.
QUE si bien esta ley brinda derechos elementales a este grupo poblacional se considera fundamental llevar adelante en el ámbito local acciones concretas que promuevan la inclusión en actividades de la vida cotidiana.
QUE en relación a lo mencionado anteriormente el Municipio de Moreno se adhirió por ordenanza a la Ley Nacional N° 27.043 y Provincial N° 15.035 de autismo. Convirtiéndose en uno de los primeros 20 municipios en hacerlo.
QUE como queda asentado es prioridad de la gestión municipal desarrollar activamente acciones que configuren buenas prácticas en TEA, TEL, TDAH y TOD y demás trastornos del desarrollo neurológico.
QUE es prioridad considerar en la calidad de vida de las familias TEA el efecto que ocasiona en ésta población la profusión de estímulos que se conocen como sobrecarga sensorial y que lleva en algunos casos a una acumulación de estresores culminando con crisis disruptivas o de ansiedad.
QUE poner en funcionamiento herramientas que faciliten la atención sin espera en dependencias municipales y espacios cuidados para niñas y niños TEA, TEL, TDAH y TOD es una forma de garantizar el derecho a la accesibilidad.
QUE la accesibilidad es un derecho clave para que las personas con discapacidad, puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en la sociedad.
QUE se cuenta con la experiencia satisfactoria e innovadora del distrito de Pilar, donde implementaron una tarjeta denominada “Mi muni azul” para garantizar la prioridad en la atención pública de estas personas.
QUE desde hace tiempo, instituciones de nuestra comunidad como la Agrupación TGD Familias TEA de Cuartel V vienen impulsando la necesidad de aplicación de estas políticas públicas.
QUE recientemente la oficina de ANSES Cuartel V inició una experiencia de abordaje de la temática, otorgando una tarjeta azul a familias de personas con TEA, lo que facilita la atención de dicho universo de personas en este organismo.
QUE dicha política puede incorporarse de manera complementaria al conjunto de políticas que se desarrollan en Moreno.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Crease el Programa “Mi Muni Azul” mediante el cual se disponga la utilización de una credencial de acceso preferencial a servicios municipales que brinda atención cuidada y sin espera en dependencias municipales a aquellas personas que presenten TEA, TEL, TDAH, TOD y demás trastornos del desarrollo neurológico junto a su grupo Familiar.
La tarjeta tendrá las siguientes características:
ARTÍCULO 2°: Solicítese al Departamento Ejecutivo la implementación de acciones tendientes a la sensibilización en las distintas dependencias municipales en torno a esta temática y la incorporación de espacios cuidados diseñados para niñas y niños TEA atendiendo a las ordenanzas vigentes en la materia.
La sensibilización en las distintas dependencias municipales se llevará a cabo de la siguiente manera:
ARTÍCULO 3°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a reasignar la partida presupuestaria necesaria para su implementación.
ARTÍCULO 4°: Autoridad de Aplicación:
La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será la Secretaría de Desarrollo Comunitario en su Dirección de Políticas Inclusivas.
ARTÍCULO 5°: Invítese a instituciones, empresas, cooperativas, comercios y áreas del distrito a adherir al Programa “Mi Muni Azul”.
ARTÍCULO 6°: Crease un registro virtual de uso público de adherentes al Programa.
ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 16 de Noviembre de 2023.
PROF. CASTRO ISAMAEL BELLOTTA, ARACELI
Secretario Presidenta
Comunicado al D.E el día 20/12/2023
Promulgada mediante el Decreto N° 5099/23 de fecha 22/12/2023