Boletines/General Lavalle

Ordenanza Nº2671/2023

Ordenanza Nº 2671/2023

General Lavalle, 22/12/2023

VISTO:

            El Expediente Municipal Nº 4045-4865/2023, el cual trata el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2024, y fuera ingresado a éste HCD con Nota Nº 102/2023; y

CONSIDERANDO:

            Que, según el Artículo 109º de la L.O.M. el Departamento Ejecutivo proyecta las Ordenanzas Impositivas y el Presupuesto de Gatos y Recursos.

            Que, asimismo, la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone:

ARTÍCULO 34º: Todos los años, para el subsiguiente, el Concejo sancionará el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad. Esta Ordenanza para su aprobación necesitará simple mayoría de votos de los Concejales Presentes. Promulgado que sea el Presupuesto, no podrá ser modificado sino por iniciativa del Departamento Ejecutivo.

 

ARTÍCULO 35º: El Concejo considerará el proyecto remitido por el Departamento Ejecutivo y no podrá aumentar su monto total, ni crear cargos con excepción de los pertenecientes al Concejo y sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 92º.

ORDENANZA

ORDENANZA Nº 2671/2023

ARTÍCULO 1º: Fijase la suma de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 00/100 ($

 

3.295.123.257,00) el Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2024, de acuerdo al Nomenclador de Erogaciones y Planillas Anexas que forman parte integrante del Expediente del visto.

ARTÍCULO 2º: Estimase en la suma de PESOS  TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 00/100 ($3.295.123.257,00) el Cálculo y Recursos destinado a la financiación del Presupuesto General de Gastos 2024, de acuerdo al Nomenclador de recursos y detalle que se establece en la Planilla Anexa que forma parte integrante del Expediente del visto.

ARTÍCULO 3º: Fijase el sueldo mínimo para la liquidación de la dieta de los Sres. Concejales en el límite permitido según el Artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. -

ARTÍCULO 4º: Apruébese la Clasificación Institucional de los Gastos y la Clasificación de Cálculo de Recursos de acuerdo al nomenclador que forma parte integrante del Expediente 4045-4865/2023. -

ARTÍCULO 5º: Autorícese al Departamento Ejecutivo y al Presidente del Honorable Concejo Deliberante a transferir los créditos autorizados entre las partidas comprendidas en los incisos Bienes de Consumos, Servicios y Bienes de Capital, asignado a cada programa y entre programas, en sus respectivos Presupuestos de Gastos, con la sola limitación de conservar crédito suficiente para cubrir los compromisos del ejercicio en un todo de acuerdo con las provisiones de los Artículos 119º y 121º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 75º a 79º del Reglamento de Contabilidad, debiendo comunicar al Honorable Concejo Deliberante en un plazo de diez (10) días. -

ARTÍCULO 6º: El Departamento Ejecutivo podrá efectuar directamente, dentro del Ejercicio, ampliación del Presupuesto de Gastos en las condiciones establecidas en el

 

Artículo 120º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, como así también efectuar transferencia de créditos entre distintas partidas del Presupuesto, en un todo de acuerdo a los dispuesto en el Artículo 121º del citado cuerpo legal, debiendo dentro de los diez días elevar al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento copia de los antecedentes que den origen a las ampliaciones y/o transferencias presupuestarias que se produzcan. -

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y efecto y publíquese en el Boletín Oficial. -

 

 

 

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Lavalle, a los 22 días del mes de diciembre del año 2023, en Sesión Extraordinaria. Firman: José Luciano García, Presidente; Carla O. Tellechea, Secretaria.