Boletines/Vicente López
Decreto Nº 7319/23
Vicente López, 18/12/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-5019-2023
Visto
Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 158 dispuesto por Decreto Nº 6128/23 por la contratación de la obra “RENOVACION DE VEREDAS EN AV. MAIPU 2500”, y
Considerando
Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 511 se han presentado dos oferentes.
Que a fs. 553 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.
Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 556/557 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 11.2 del Pliego de Clausulas Legales Especiales, aconseja por unanimidad adjudicar por menor valor a la firma SALBACO S.A., por un total de $ 20.050.730,61.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma SALBACO S.A., por un monto total de Pesos veinte millones cincuenta mil setecientos treinta con sesenta y un centavos ($20.050.730,61), la contratación de la obra “RENOVACION DE VEREDAS EN AV. MAIPU 2500”, en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales, al Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 556/557.
Artículo 2º.- La suma de Pesos veinte millones cincuenta mil setecientos treinta con sesenta y un centavos ($20.050.730,61), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-9671 obrante a fs. 57 y Ajuste de Preventiva N° 9-001427 de fs. 566.
Artículo 3º.- DEJAR constancia que, conforme documentación obrante a fs 388, LA CONTRATISTA designa como REPRESENTANTE TÉCNICO al Ingeniero Civil Dotta Facundo Leopoldo, DNI 33.479.910 Matrícula N° 55.833 del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 4º.- ENCOMENDAR la tarea de inspección y supervisión de la obra que se adjudica mediante el artículo 1° del presente, al Arquitecto Mario Anzilutti, D.N.I. N° 20.860.479, Matrícula CAPBA N° 18952, inscripto en el Registro de Profesionales de este Municipio, suscribiéndose el pertinente contrato.
Artículo 5º.- INTIMAR a la firma adjudicataria SALBACO S.A., para que dentro de los SIETE (7) días hábiles de notificado el presente Decreto, constituya y remita a este Municipio, al mismo mail desde donde es notificado, lasgarantías que se mencionan a continuación, acompañadas de la Declaración Jurada que como ANEXO III forma parte integrante del Pliego de Cláusulas Legales Especiales:
a) Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor del monto adjudicado, en concepto de Garantía de Ejecución Contractual.
b) Garantía de Anticipo Financiero, equivalente al 50 % (cincuenta por ciento) del monto adjudicado.
c) Contrato con A.R.T y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio o Póliza de Accidentes Personales.
d) Póliza de Responsabilidad Civil Emergente.
e) Póliza de Accidentes Personales a favor del Inspector de Obra.
f) Póliza de Seguro Obligatorio de Automotor, en caso de corresponder.
Asimismo, en el plazo mencionado, el Representante Técnico del Contratista, deberá presentarse en la Secretaría de Servicios Públicos, munido del contrato correspondiente, visado por el Colegio de Profesionales pertinente.
El incumplimiento de una o más de las obligaciones mencionadas en el presente artículo, dará lugar a la aplicación de pleno derecho de las penalidades previstas en los artículos 11.4 y 11.5.
Artículo 6º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Servicios Públicos y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 7º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Servicios Públicos y Jefatura de Gabinete.
Artículo 8º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Martinez-Alvarez-Baistrocchi-Antiñolo