Boletines/Vicente López
Decreto Nº 7311/23
Vicente López, 18/12/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-4351-2023
Visto
El segundo llamado a Licitación Privada Nº 140 dispuesto por Decreto Nº 6203/23 por el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE VEREDAS CON DESTINO AL CEMENTERIO DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS”, y
Considerando
Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 484 se han presentado tres oferentes.
Que a fs. 644 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.
Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 647/648 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el Art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a la firma ARANGUREN EMPRENDIMIENTOS S.R.L. por un total de $ 19.000.000,00.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma ARANGUREN EMPRENDIMIENTOS S.R.L. por un monto total de Pesos diecinueve millones ($19.000.000,00), el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE VEREDAS CON DESTINO AL CEMENTERIO DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación de fs. 647/648.
Artículo 2º.- La suma de Pesos diecinueve millones ($19.000.000,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-8639 obrante a fs. 23/24.
Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar la garantía de cumplimiento de contrato por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la aajudicación, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero por el 30 % (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo pliego.
Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Servicios Públicos y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Servicios Públicos y Jefatura de Gabinete.
Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Martinez- Alvarez- Baistrocchi. Antiñolo