Boletines/Coronel Dorrego
Decreto Nº 2485/2023
Coronel Dorrego, 09/10/2023
Visto
la solicitud de colaboración municipal gestionada mediante Expte: 1985/23 por Autoridades de la Asociación Protección y Amparo del Niño (APAN) – reconocida como Entidad de Bien Público por Legajo N° 114 – a los efectos de fortalecer el funcionamiento de la Guardería Infantil “Mariposas” siendo necesario solventar los gastos de remuneración y cargas sociales de la Docente Vanesa Carabajal, debido a que la Institución ha presentado un proyecto denominado “Mariposas y la fábrica de sonrisas”; y
Considerando
Que mediante la ejecución de este proyecto se busca favorecer el desarrollo de la propia identidad y la confianza, ofrecer variadas experiencias de juego para que los niños puedan reconocerse a sí mismos y a sus pares, estimular la participación en los juegos y en la asunción de roles, reglas y espacios;
Que el mencionado proyecto se llevará a cabo con alumnos, siendo la mayoría niños menores de 3 años, permitiéndoles de esta manera a sus madres, desempeñar trabajos para colaborar con la economía del hogar;
Que es intención del Departamento Ejecutivo garantizar la igualdad de oportunidades y la inclusión de los más vulnerables, manteniendo vivo el espíritu educativo con enseñanza de calidad;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades -
D E C R E T A
ARTICULO 1°) Facultase a Contaduría Municipal a liquidar a favor de la ASOCIACIÓN PROTECCIÓN Y AMPARO DEL NIÑO (APAN), hasta la suma de $70.000.- (Pesos Setenta Mil) por los meses de NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2023, de acuerdo a los motivos expuestos en el exordio del presente.
ARTICULO 2°) La suma que se menciona en el artículo precedente deberá ser rendida con los respectivos comprobantes por el gasto realizado.-
ARTICULO 3°) Fíjase la siguiente imputación: 111 01 01 000 Administración Central – 01 00 00 Desarrollo y Coordinación de Políticas Municipales 5.1.7.0. Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro.- Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.
ARTICULO 4°) Comuníquese a Contaduría, entidad peticionante, demás que corresponde, dése al R.O. y oportunamente, archívese.-