Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 4453/23
Coronel Dorrego, 26/10/2023
VISTO:
La solicitud de uso del espacio público realizada por Fernanda Sica y Alberto Destéfano; y
CONSIDERANDO:
Que requiere el uso del Anfiteatro que se encuentra ubicado en el Vivero Parque Municipal para el desarrollo de una jornada de baile.
Que mediante nota se ha planteado la necesidad de usar el predio el día domingo 29 de octubre del presente año, en el horario de 11 a 19 horas.
Que expresan que el evento congregará a parejas de bailes de la zona así como del Distrito.
Que este Cuerpo Deliberativo analizó la petición y corresponde emitir la autorización.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
ORDENANZA:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Autorízase el Uso del Espacio Público, a la Sra. Fernanda Sica y el Sr. ============ Alberto Destéfano; a utilizar el:
Espacio Públ.:Vivero-Parque Municipal Cristóbal M. Hicken–Sector Anfiteatro
Fecha: 29/10/2023
Horario: 11 a 19 horas.-
El permiso es al solo efecto de desarrollar el Proyecto de actividades descriptas precedentemente. Las que estarán sujetas al cumplimiento de las normas vigentes para el Distrito, referidas uso y cuidado de los espacios verdes y su entorno.-
ARTÍCULO 2º) Establézcase que el permiso otorgado por la presente, es intransferible, ============ de carácter precario y no contiene derechos de exclusividad. Pudiendo ser revocado por alteración al orden público, por no cumplir con la presente normativa y/o cualquier motivo que perturbe el bienestar social/sanitario.-
ARTÍCULO 3º) Determínese que los autorizados serán responsables absoluto de ============= todas las obligaciones que surjan de la organización del evento, asumiendo por sí en forma exclusiva y excluyente, la responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento que genere la actividad autorizado, como asimismo la higiene del lugar y todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión del desarrollo del evento.-
ARTÍCULO 4º) Establézcase que los permisionarios, dejarán el predio en iguales ============= condiciones a las recibidas, procurando preservar el mismo evitando el arrojo de residuos que afecten la fauna y salubridad de quienes usen posteriormente el espacio.-
ARTÍCULO 5º) Establézcase en el caso de corresponder, los autorizados ============= deberán abonar las contribuciones establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.).-
ARTÍCULO 6º) Dispóngase que ante el incumplimiento de la presente, las sanciones ============ que le correspondieren, a los permisionarios quedarán dentro del marco legal, establecido por Ordenanzas y normativas vigentes.-
ARTÍCULO 7º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dése ============= al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-
SALA DE SESIONES, 26 de octubre de 2023.-
María Alicia Jalle Alejandro Gabriel Zorzano
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4456/23