Boletines/Arrecifes

Decreto Nº704/23

Decreto Nº 704/23

Arrecifes, 24/10/2023

Visto

Las diferentes encuestas sociales realizadas a través de la Dirección de Minoridad, Familia y Tercera Edad, que dieron origen a los Expedientes Administrativos Nros.: 215.488/23,  215.489/23, 215.565/23 y 215.567/23  con el objeto de la verificación de casos que requieren la asistencia del Estado, de las cuales se desprende claramente que pertenecen a familias de escasos recursos económicos y/o inestables e insuficientes para satisfacer las necesidades básicas del grupo familiar al cual pertenecen, y;

Considerando

Que, es un deber indelegable del Estado promover la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, de los cuales se reconoce el derecho a la salud, a la protección integral del Estado a los discapacitados, a la tercera edad, a la vivienda,  entre tantos otros (conf. art. 36 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires).

           

            Que, entre otros, el derecho a la salud, en sentido amplio, es comprensivo de la asistencia económica para la atención de las necesidades mínimas, en el caso de los grupos sociales vulnerables.         

           

            Que, es necesario e imperioso brindar asistencia económica y social a las personas en situación de indigencia y/o emergencia económica y social, según los factores determinantes que surjan de las encuestas realizadas por la Dirección de Minoridad, Familia y Tercera Edad, considerando en especial respecto de los conjuntos poblacionales:  situación socio económica, cantidad de integrantes del grupo familiar, tipo de vivienda (propia/alquilada, cedida en uso/ocupación, precaria, cantidad de habitaciones, estado de conservación, etc.), cobertura social, estado de salud de los integrantes del grupo familiar  y demás elementos que se estimen necesarios para definir el grupo familiar como necesitado de ayuda, informes éstos que constarán en la respectivas encuestas sociales realizadas.

 

            Que, a los fines de disponer la ayuda económica debe dictarse el acto administrativo pertinente, en ejercicio de las competencias y atribuciones prescriptas por el art. 107 y ccdtes. del Decreto 6769/58.

 

            Por ello;

 

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES

D  E  C  R  E  T  A

ARTÍCULO 1º: Concédase a la Sra. Silvia Alejandra DIAZ, D.N.I. N° 41.070.951, un subsidio por la suma de pesos Veintisiete mil cuatrocientos noventa ($ 27.490,00.-), dada su angustiosa situación de indigencia, será destinado a afrontar gastos para pasajes desde la Pcia. de Corrientes a la ciudad de Arrecifes con el fin de proceder el traslado del menor Nehemias B. MACHADO, por medidas de abrigo en la mencionada provincia desde donde es oriundo, en un todo de acuerdo a la presentación efectuada a través de Encuesta Social Única, ingresada bajo Expediente Municipal Nro. 215.488/23.-

 

                          

ARTÍCULO 2º: Concédase a la Sra. Sabrina Belén GUMY, D.N.I. N° 37.121.459, un subsidio por la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00.-), dada su angustiosa situación de indigencia, destinado a afrontar parte de pago de traslado por fallecimiento de su hijo de 33 semanas, quien falleciera el día 22 de septiembre de 2023, en un todo de acuerdo a la presentación efectuada a través de Encuesta Social Única, ingresada bajo Expediente Municipal Nro. 215.489/23.-

 

 

ARTÍCULO 3º: Concédase a la Sra. María Luján Escobar, D.N.I. N° 28.044.454, un subsidio por la suma de Pesos Treinta y cinco mil ($ 35.000,00.-), dada su angustiosa situación de indigencia, destinado al alojamiento de la Sra. Margarita Piñero, en la ciudad de San Nicolás quien se halla internada en dicha localidad, para la realización de radioterapia, en un todo de acuerdo a la presentación efectuada a través de Encuesta Social Única, ingresada bajo Expediente Municipal Nro. 215.565/23.-

 

 

ARTÍCULO 4º: Concédase a la Sra. Ivonne CONTRERA, D.N.I. N° 43.983.648, un subsidio por la suma de Pesos Ciento Veinticinco mil ($ 125.000,00.-), dada su angustiosa situación de indigencia, destinado a afrontar parte de pago de servicio de sepelio del Sr. Emilio Rafael Luciano Morel, quien falleciera el día 12 de agosto de 2023, en un todo de acuerdo a la presentación efectuada a través de Encuesta Social Única, ingresada bajo Expediente Municipal Nro. 215.567/23.-

 

 

ARTÍCULO 5º: La erogación que demande lo dispuesto en los artículos anteriores será imputada a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos vigente.-

 

 

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

 

FIRMADO:

SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL

CP. M.ARIA CECILIA REDDY - SECRETARIA DE HACIENDA