Boletines/Quilmes

Decreto Nº4776/2023

Decreto Nº 4776/2023

Quilmes, 15/12/2023

Visto

el Expediente Nº 4091-14180-D-2023 iniciado por el Sr. Director General d:e Rentas de la Municipalidad de Quilmes (ARQUI), con el fin de extender la vigeneia del régimen de regularización de deudas previsto por el Decreto Nº 73/2020; y

 

Considerando

Que conforme lo normado en el artículo 91 del Código Tributario del Municipio de Quilmes, se faculta  a este Departamento  Ejecutivo para conceder a determinados grupos o categorías de contribuyentes regímenes de regularización de deudas fiscales bajo determinadas condiciones;                                                         

Que ello así, en mérito de la respuesta satisfactoria que ha brindado   el  régimen  de  regularización  de  deudas  instaurado   por el Decreto Nº 73/2020 y con el objeto de continuar  con las acciones  que faciliten al contribuye te la normalización de sus obligaciones fiscales, y que a su vez promuevan  la recaudación comunal, resulta necesario extender  durante un determinado  período de tiempo la vigencia del mismo;                                                                                                       

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta procedente   y  razonable  extender  hasta  el  30  de  abril  de  2024  la  vigencia  d'el régimen de regularización de deudas previsto por el Decreto Nº 73/2020, el cual cumple asimismo con las condiciones establecidas por la nueva normativa fiscal municipal;

 

Que, el presente Decreto se dicta en uso a las facultades otorgadas en el artículo 91 del Código Tributario del Municipio de Quilmes para' el período fiscal 2023; y

 

Por todo lo expuesto;

 

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO : PRORRÓGASE hasta el 30 de abril de 2024 la  vigencia  del régimen de regularización de deudas dispuesto mediante el Decreto Nº 73/2020.-

ARTÍCULO 2°: ESTABLÉCESE que hasta la fecha consignada en el artículo precedente, aquellas y aquellos contribuyentes que seleccionen la opción de regularización prevista en el artículo 12 inciso a) del Decreto Nº 73/2020, contarán con una quita del cincuenta por ciento.. (50%) de los intereses y para los q1.1e seleccionen la opción del inciso b) obtendrán una quita del treinta por ciento (30%) de los intereses.

ARTICULO 3°: ESTABLECESE que a partir de la entrada en vigencia del presente decreto y para la modalidad prevista por el inciso b) del artículo 12 del Decreto Nº 73/2020, cada cuota devengará el siguiente interés de financiación:

  1. El seis por ciento (6%) mensual, para los planes de regularización suscriptos en más de tres (3) y hasta seis (6) cuotas.-
  2. El ocho por ciento (8%) mensual, para los planes de  regularización  suscriptos en más de seis (6) y hasta veinticuatro (24) cuotas.-

ARTÍCULO 4°: ESTABLÉCESE que podrán incluirse a partir del 1° de enero qe 2024, deudas en instancia prejudicial y judicial provenientes de los tributos bajo administración municipal, correspondiente al período fiscal 2023 o anteriores. 

ARTÍCULO 5º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr.  Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

       Lic. María Eva Stolzing Ugarte  

              Secretaria de Hacienda

             Municipalidad de Quilmes