Boletines/Quilmes

Decreto Nº4672/2023

Decreto Nº 4672/2023

Quilmes, 11/12/2023

Visto

la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), las Ordenanzas Nº 13394 y Nº 13654, la estructura Orgánico Funcional, establecida mediante el Decreto Nº. 3214/19 y sus modificatorias;.y

Considerando

Que, a partir del 1O de diciembre de 2023, se da continuidad a un nuevo período de gobierno constitucionala nivel municipal;

Que corresponde realizar las modificaciones necesarias en la estructura administrativa con que el gobierno local habr de lograr un mejoramiento de la organización en general, aportando medidas  que posibiliten la concreción de los objetivos que persigue esta gestión mediante los principios de celeridad administrativa, flexibilidad organigramática, transparencia y eficacia y eficiencia· administrativa;

. --· ·"·· ·-" ..·····•--,

Qu_e, al · mismo tiempo, dicha adecuación conlleva modificaciones estructurales de importancia, ya que las mismas otorgan una más ciará distribución de las funciones inherentes al Municipio;·

Que la correcta y más eficaz .administración de los recursos del Estado aplicados a la política social exige ia asignación de responsabilidades

  • concretas y la coordinación entre las diversas áreas de conducción de dichas· actividades;               ·                                                 ·                      · ·

Que resulta conve.niente elaborar una nueva estructura Orgánico Funcional en miras de dar respuestas a las obligacion s por las que se compromete,    la que resulte concordante con sus respectivos objetivos, · responsabiiídades y tareas, que represente cabalmente de qué modo el gobierno local atenderá las demandas de la comunidad de Quilines;      ·

Que el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por .el Artículo 192 inciso 3º de la Con.stitución de la Provincia de Buenos  Aires,  los  Artículos  107  y  108  incisos  9    y  17º  del  Decreto-Ley

. 6769/58, el Artículo 1º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración  para  las  Municipalidades  de  la  Provincia  de  Buenos  Aires, el

ArtíGLJlo i ._qe la Ordenanza. Municipal Nº 13394, y la Ordenanza Nº 13654; y

Por todo lo expuesto;

 

 

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1.º: DISPÓNESE la modificación de la estructura Orgánica Funcional establecida mediánte Decreto Nº 3214/19 (y sus modificatorias) y las Ordenanzas Nº 13394 y Nº 13654.-

ARTÍCULO .. 2º: ESTABLÉCESE la nueva organización del Departamento Ejecutivo en UNA (1) Jefatura de Gabinete, UNA (1) Agencia de Fiscalización, Control Comunal y Desarrollo Económico y ONCE (11) Secretarías, con las correspondientes denominaciones:

    1. SECRETARÍA DE HACIENDA
    2. SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
    3. SECRETARÍA DE SALUD
    4. SECRETARÍA DE NIÑEZ Y DESARROLLO SOCIAL
    5. SECRETARIA DE MUJERES, DIVERSIDADES Y DERECHOS HUMANOS
    6. SECRETARIA DE COMUNICACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
    7. SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CULTURAS Y DEPORTES
    8. SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBUCA
    9. SECRETARÍADE SERVICIOS PÚBLICOS
    10. SECRETARÍA. DE SEGURIDAD
    11. SECRETARÍA DE AMBIENTE Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (G.I.R.S.U) 

Los y las titulares de las mencionadas Secretarías son colaboradores/as de la Señora Intendenta Municipal. Las dependencias actuarán de acuerdo con la. organización establecida en el Anexo I del presente y entenderán en las funciones y tareas que definen sus ámbitos de competencia.-

 

ARTÍCULO 3º: Se organiza la JEFATURA DE GABINETE conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo II, forma parte integrante del presente.-

ARTÍCULO. 4°: Se. organiza la SECRETARÍA DE HACIENDA ·conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo III, forma parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 5º: Se organiza la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo IV, forma parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 6º: Se organiza la SECRETARÍA DE SALUD conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo V, forma parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 7º: Se organiza la SECRETARÍA DE NIÑEZ Y DESARROLLO

SOCIAL conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo VI, forma parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 8º: Se organiza la SECRETARÍA DE MUJERES, DIVERSIDADES Y DERECHOS HUMANOS conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo VII, forma parte integrante del presente.-                               ·

ARTÍCULO 9º: Se organiza la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, CULTURAS Y DEPORTES conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo VIII, forma parte integrante del presente.-                                                 ·

ARTICULO 10º: Se organiza la SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo IX, forma parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 11º:. Se organiza la SECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo X, forma parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 12º: Se organiza la SECRETARÍA DE SEGURIDAD conforme la Estructura y Funciones que, conio Anexo XI, forma parte integrante del.presente.-

ARTÍCULO 13º:Se   organiza   la  SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN  Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo XII, forma parte integrante del presente.-

.ARTÍCULO 14º: Se organiza la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (G.I.R.S.Ü) conforme la Estructura y Funciones que, como Anexo XIII, forma parte integrante del presente.-                                                                                                               

ARTÍCULO 15º: Se organiza la AGENCIA DE FISCALIZACIÓN, CONTROL COMUNAL Y DESARROLLO ECONÓMICO conforme la Estructura y Funciones que como Anexo XIV, forma parte integrante  del presente.-  

ARTÍCULO 16º: Encomiéndese a la Secretaría de Hacienda realizar todas las adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin de dar inmediato cumplimiento al presente acto administrativo.-

ARTÍCULO 17º: El presente decreto tendrá vigencia a partir del 10 de diciembre. de 2023 y será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 18°: Regístrese, notifíquese, tome conocimiento la Contaduría Municipal, cumplido ARCHÍVESE.-

     Lic. Alejandro E. Gandulfo                                   Mayra S. Mendoza                                         

                  Jefe de Gabinete                                                  Intendenta

       Municipalidad de Quilmes                                   Municipalidad de Quilmes

DECRETO 4672/2023                            ·

Anexos

Dto. 4672/2023

Anexos

DESCARGAR