Boletines/Saladillo
Decreto Nº 2378/2023
Saladillo, 24/08/2023
Visto
el expediente de referencia, mediante el cual el Director de Juventudes, Sr. Bernabe Ruviera, solicita se declare de Interés Municipal el programa “Reciclatón”, que se llevará a cabo durante los meses de agosto a septiembre 2023; y
Considerando
que el programa que se coordinó con la Subsecretaría de Servicios Sanitarios y Gestión Ambienta.
QUE, el objetivo del proyecto es lograr que los jóvenes se involucren y concienticen en la problemática de los residuos sólidos urbanos y sean partícipes de la multiplicación de las acciones de concientización hacia la comunidad en general a fin de inculcar el hábito de la gestión de residuos en cada vivienda y el conocimiento de PIRUSA (Programa Integral de Residuos Urbanos de Saladillo);
QUE, a través del presente, enmarcado en actividades de concientización y acciones concretas de separación de residuos, se pretende que los jóvenes acompañados por las familias y adultos referentes sean los encargados de participar del consumo, generando conciencia, hábitos de gestión de sus residuos y una práctica directa se separación de residuos sólidos urbanos para su posterior tratamiento en la Planta de clasificación de residuos de Saladillo;
QUE, para la participación se incurrirá en gastos de impresiones gráficas, artículos de computación y electrónica, contratación de talleristas, compra de insumos para talleres, merchandaising, viáticos, artículos de librería y regalería, y/o cualquier otro gasto que pueda ocasionarse con motivo de dicho programa;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTICULO 1: Declarar de Interés Municipal el programa “Reciclatón”, que se llevará a cabo durante los meses de agosto a septiembre 2023.
ARTICULO 2: Autorizar a la Oficina de Compras a realizar los trámites necesarios para solventar gastos de impresiones gráficas, artículos de computación y electrónica, contratación de talleristas, compra de insumos para talleres, merchandaising, viáticos, artículos de librería y regalería, y/o cualquier otro gasto que pueda ocasionarse con motivo de dicho programa.
ARTICULO 3: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 2378/2023