Boletines/Saladillo
Decreto Nº 2316/2023
Saladillo, 16/08/2023
Visto
el Decreto 2292/2023, mediante el cual se preadjudicó la Licitación Pública N° 08/2023 para llevar a cabo la obra: “Ejecución del Cordón Cuneta Barrio Plaza del Carmen – Barrio San Cayetano- de Saladillo”, a la firma Bruno Construcciones S.A., por la suma de pesos ciento cincuenta y seis millones cuatrocientos ochenta mil ochocientos treinta y cinco con sesenta y tres centavos ($ 156.480.835,63.-);
Considerando
que, en el artículo segundo del mencionado acto administrativo de preadjudicación se dispuso notificar a la firma Bruno Construcciones S.A., otorgándole un plazo perentorio para que presente las garantías correspondientes de acuerdo a los pliegos del proceso licitatorio en cuestión;
QUE, el día 14 de agosto de 2023 se le notificó a la empresa preadjudicataria de la Licitación Pública 08/2023 a efectos de que tome conocimiento de ello y acompañe las pólizas correspondientes;
QUE, con fecha 16 de agosto de 2023, Bruno Construcciones S.A. adjuntó pólizas de ejecución de contrato, caución y anticipo financiero;
QUE, de acuerdo a todo lo expuesto precedentemente y lo dispuesto en los pliegos de bases y condiciones que regulan la Licitación Pública N° 08/2023, corresponde adjudicar la misma a la firma Bruno Construcciones S.A., siendo necesario el dictado de acto administrativo que así lo disponga;
Por todo ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTICULO 1: Adjudicar la Licitación Pública N° 8/2023 para llevar a cabo la obra: “Ejecución del Cordón Cuneta Barrio Plaza del Carmen – Barrio San Cayetano- de Saladillo”; a la firma Bruno Construcciones S.A., por la suma de pesos ciento cincuenta y seis millones cuatrocientos ochenta mil ochocientos treinta y cinco con sesenta y tres centavos ($ 156.480.835,63.-), por ser conveniente a los intereses municipales.
ARTICULO 2: Notificar a la firma Bruno Construcciones S.A. lo dispuesto en el presente Decreto y suscribir el respectivo contrato previendo el pago de un anticipo financiero correspondiente al 30 % del presupuesto oficial o hasta el 30% del presupuesto oficial, en un todo de acuerdo a lo dispuesto al artículo 5° del P.B.E.L.P, siendo el monto del presupuesto oficial la suma de pesos ciento veinte millones novecientos trece mil novecientos setenta y cinco ($ 120.913.975,00.-).
ARTICULO 3: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 2316/2023