Boletines/Tandil

Ordenanza Nº18320/2023

Ordenanza Nº 18320/2023

Tandil, 14/12/2023

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Sr. Jesús Zuasnabar –DNI Nº 14.629.911-, a ocupar el espacio verde público en la calle Saavedra Lamas frente a la primera estación de entrenamiento de la senda peatonal, para la colocacion de un puesto de venta de pasteles y churros.

La Autoridad de Aplicación definirá el horario de funcionamiento y la ubicación específica del carro en dicho espacio, debiendo respetar la distancia mínima establecida en el Artículo 101º de la Ordenanza Nº 13.633 respecto a otro/s carro/s autorizado/s previamente.

ARTÍCULO 2º: A los efectos de la presente ordenanza, la solicitante deberá:

a)   retirar el carro fuera del horario establecido por la Autoridad de Aplicación;

b)   reunir los requisitos solicitados por la Dirección de Bromatología y por la Dirección General de Inspección y Habilitaciones;

c)   cumplimentar con las condiciones establecidas la Ordenanza Nº 13.633 (Marco regulatorio para el uso y ocupación de la vía         pública); y

d)   abonar el Derecho de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, de acuerdo a la tarifa vigente en la Ordenanza Impositiva, Artículo 65º, inciso c.

ARTÍCULO 3º: La presente ordenanza tendrá vigencia por UN (1) año, y no será válida para ferias de Semana Santa, muestras, exposiciones, y todas aquellas actividades o espectáculos programados con duración no mayor a 2 (dos) días, tales como recitales, shows, entre otros. Para dichos eventos se deberá tramitar la autorización ante la Autoridad de Aplicación.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.

Registrada bajo el Nº 18320

REF: Asunto Nº 520/2023    Expte. Nº 2023/05256/00

Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)    -    Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)