Boletines/Tandil
Decreto Nº 4502/2023
Tandil, 19/12/2023
Visto
La renuncia para acogerse a la jubilación ordinaria presentada por Walter Domingo Pereyra- legajo 6191-, de la Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas.
Considerando
Que se han expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General, y la Dirección de Presupuesto.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Aceptase la renuncia presentada por Walter Domingo Pereyra- legajo 6191, de la Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas - para acogerse a los beneficios de una jubilación Ordinaria, a partir del 1° de Diciembre de 2023.
Artículo 2°: Inclúyase a Walter Domingo Pereyra- legajo 6191, de la Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas en las Planillas de Anticipo a Jubilados, a partir de la fecha mencionada.
Artículo 3°: Otorgase a el trabajador de la Secretaria de Planeamiento y Obras Publicas – Walter Domingo Pereyra – Legajo 6191 una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis mensualidades del básico de la categoría que revistaba, sin descuentos de ninguna índole, equivalente a la suma de novecientos tres mil novecientos setenta y tres con dos centavos ($903973,02) conforme a lo determinado en el artículo 46 inc. b) del CCT 09/2019.
Artículo 4°: Los egresos impútense las partidas 1.6.1.0 “Premios al Personal” y 6.2.1.1 “Anticipo a Jubilados”, dentro de la clasificación institucional l – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01 – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03 –Secretaría de Gobierno-, Actividad 01 –Administración de Gobierno-, Subactividad 01 –Conducción y Administración-, 1.1.1.01.05 – Secretaria de Planeamiento y Obras Publicas- Programa 22- Servicios públicos urbanos, Actividad 04 – Higiene urbana y Tareas generales-, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.
Artículo 5°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.
Artículo 7°: Regístrese, notifíquese por la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, tomen conocimiento Dirección de Presupuesto, Contaduría General, y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.
Firma Digital: Alejandra Elizabeth Marcieri (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia