Boletines/Tandil

Decreto Nº4502/2023

Decreto Nº 4502/2023

Tandil, 19/12/2023

Visto

La renuncia para acogerse a la jubilación ordinaria presentada por Walter Domingo Pereyra- legajo 6191-, de la Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas.

Considerando

Que se han expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General, y la Dirección de Presupuesto.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Aceptase la renuncia presentada por Walter Domingo Pereyra- legajo 6191, de la Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas - para acogerse a los beneficios de una jubilación Ordinaria, a partir del 1° de Diciembre de 2023.

Artículo 2°: Inclúyase a Walter Domingo Pereyra- legajo 6191, de la Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas en las Planillas de Anticipo a Jubilados, a partir de la fecha mencionada.

Artículo 3°: Otorgase a el trabajador de la Secretaria de Planeamiento y Obras Publicas – Walter Domingo Pereyra – Legajo 6191 una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis mensualidades del básico de la categoría que revistaba, sin descuentos de ninguna índole, equivalente a la suma de novecientos tres mil novecientos setenta y tres con dos centavos ($903973,02) conforme a lo determinado en el artículo 46 inc. b) del CCT 09/2019.

Artículo 4°: Los egresos impútense las partidas 1.6.1.0 “Premios al Personal” y 6.2.1.1 “Anticipo a Jubilados”, dentro de la clasificación institucional l – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01 – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03 –Secretaría de Gobierno-, Actividad 01 –Administración de Gobierno-, Subactividad 01 –Conducción y Administración-, 1.1.1.01.05 – Secretaria de Planeamiento y Obras Publicas- Programa 22- Servicios públicos urbanos, Actividad 04 – Higiene urbana y Tareas generales-, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.

Artículo 5°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.

Artículo 7°: Regístrese, notifíquese por la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, tomen conocimiento Dirección de Presupuesto, Contaduría General, y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.

Firma Digital: Alejandra Elizabeth Marcieri (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno                         -                  Intendencia