Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 14017/2023
Quilmes, 28/11/2023
VISTO: el Expediente N° 4091-8551-D-2023;
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.017/2023 en la Sesión Extraordinaria del día 27 de Noviembre del 2023, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 4091-8551-D-2023. Ref.: El Convenio de colaboración Nº 1000/2023 y la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias vigentes); y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Nº 4091-8551-D-2023 tramitó el Convenio de Colaboración suscripto con fecha 21 de Junio de 2023 entre la Fundación Banco de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Quilmes, registrado bajo el Nº 1000/2023.
Que el referido Convenio se compone de cinco Anexos en los cuales se contemplan proyectos de obras que redundarán en realizar obras de bienestar y/o beneficio común colaborando con la puesta en valor del espacio de juegos de acceso público “Plaza La Esperanza” sita en Condarco, Florida, Necochea y Costa Rica de la Localidad de Ezpeleta Oeste.
Que el Anexo C detalla el mobiliario de juegos y pisos de goma antigolpes que serán entregados al Municipio en concepto de donación por parte de la Fundación Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Que el plazo de ejecución de las tareas a desarrollarse en el marco del Convenio de colaboración es de dos (2) meses desde la firma del convenio, quedando a exclusivo cargo del Municipio la ejecución de las obras y tareas.
Que en este sentido la Fundación Banco Provincia propone la creación o renovación de un espacio de juegos en la plaza citada precedentemente, en el que se instalarán juegos con sus correspondientes medidas de seguridad y piso antigolpes.
Que la pretendida donación resulta altamente beneficiosa en virtud del proceso de urbanización, las plazas resultan un espacio esencial para el encuentro y el esparcimiento de niñas y niños.
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias vigentes) dispone en su Artículo 57º que “El Concejo aceptará o rechazará las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad”.
Que habiéndose suscripto el Convenio de colaboración y siendo que resulta de gran beneficio e interés general para los niños y niñas, deviene indispensable proceder a aceptar la donación ofrecida y convalidar el mencionado Convenio.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA Nº 14017/2023
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: ACÉPTASE la donación propuesta por Fundación Banco de la ………………… Provincia de Buenos Aires a favor del Municipio de Quilmes que consta de juegos y pisos de goma antigolpes a ser ubicados en la Plaza de acceso público “Plaza La Esperanza” sita en Condarco, Florida, Necochea y Costa Rica de la Localidad de Ezpeleta Oeste obrante en el Convenio Nº 1000/2023 que forma parte del presente Expediente.
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a incluir en el …………………. Patrimonio Municipal el valor de la donación consignado precedentemente.
ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra ………………… Pública a llevar adelante la inspección de obra y a realizar todas aquellas especificaciones técnicas, presupuestarias, administrativas y/o de cualquier índole que sean necesarias para poder llevar a cabo la presente donación.
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro …………………. General y ARCHIVESE.
QUILMES, 27 de Noviembre de 2023
Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.
Dra. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza N° 14.017/2023, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Extraordinaria del día 27 de Noviembre del 2023.-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3º: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 4531/2023