Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13985/2023

Ordenanza Nº 13985/2023

Quilmes, 21/11/2023

VISTO: el Expediente N° 4091-11690-S-2021;

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.985/2023 en la Sesión Ordinaria del día 14 de Noviembre del  2023, cuyo texto expresa:

VISTO:

          El Expediente N° 4091-11690-S-2021, Ref.: Por el cual se sancionó la Ordenanza N° 13787/2022, y

 

CONSIDERANDO:

                          Que mediante la Ordenanza N° 13572/2021 se declaró la Emergencia en Materia de Infraestructura Escolar y de Asociaciones Civiles comprendidas en la Ordenanza N° 13416/2021, como también de Entidades con Reconocimiento Municipal, respecto de los establecimientos y sedes que se ubiquen en el ámbito del Partido de Quilmes, por el plazo de 365 días corridos contados a partir de la fecha de su promulgación, efectuada el 28 de Diciembre de 2021.

Que en la Provincia de Buenos Aires, por medio del Artículo 88° de la Ley Provincial N° 15310, la Emergencia en Materia de Infraestructura declarada por la Ley Provincial N° 14812, se estableció su prórroga hasta fin del 2023.

Que, el carácter de la Emergencia Provincial ha sido acompañado desde la Comuna en razón de la situación local en materia de infraestructura escolar y asociaciones civiles por la cual se ha garantizado la realización de obras en diferentes puntos del Distrito de Quilmes.

Que, en virtud de lo realizado en el Distrito en el marco de la Emergencia local y sus sucesivas prórrogas es oportuno prorrogar el plazo por 365 días corridos  a partir del vencimiento de la vigente.

Que garantizar el derecho a la educación tiene como correlato la provisión de las condiciones de seguridad y funcionalidad por parte de la infraestructura afectada a tales fines, que permita efectivizar así el ejercicio del mencionado derecho en condiciones dignas.

Que resulta fundamental el rol que desarrollan las Asociaciones Civiles y Clubes de Barrio en el entramado social en tanto que se trata de establecimientos a los que diariamente concurren centenares de niños y niñas, adolescentes, maestros, maestras y personal de servicios auxiliares, muchos de los cuales se encuentran amenazados en su existencia por la escasez de recursos con que cuentan, lo que otorga mérito y conveniencia a la presente iniciativa por la que se busca dotar al Departamento Ejecutivo de las herramientas que permitan atender el apremiante estado en que se encuentra la infraestructura y espacios destinados a la satisfacción de intereses que son colectivos.

Que por la presente se propone dotar al Departamento Ejecutivo de los medios necesarios y que razonablemente permitan cumplir la finalidad de velar por el adecuado estado de los establecimientos educativos y sociales, a través de la realización de acciones positivas tendientes a la promoción del bienestar general.

Que, en tal sentido, el concepto de emergencia define una situación excepcional que origina un estado de necesidad al que - imperiosamente - debe ponerse fin, en tanto sus consecuencias influyen sobre la subsistencia misma de la organización jurídica y política, atentando contra el normal desenvolvimiento de sus funciones (conf. Dictamen de Asesoría General de Gobierno del 17 de Febrero de 2016).

Que, en virtud de lo expuesto, resulta imperioso prorrogar la Emergencia en Materia de Infraestructura Escolar y de Clubes de Barrio sancionada por la Ordenanza N° 13572/2021 para todo el territorio del Partido de Quilmes, por el término de 365 días corridos contados a partir de la fecha de promulgación de la presente.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

 

ORDENANZA Nº 13985/2023

ORDENANZA

ARTICULO 1°: PRORROGASE  la Emergencia en Materia de Infraestructura ………………… Escolar y de Asociaciones Civiles comprendidas en la Ordenanza N° 13416/2021, como también de Entidades con Reconocimiento Municipal, respecto de los establecimientos y sedes que se ubiquen en el ámbito del Partido de Quilmes, en los mismos términos establecidos por la Ordenanza N° 13572/2021, prorrogada por Ordenanza N° 13787/2022, por el plazo de 365 días corridos contados a partir de su vencimiento. 

ARTICULO 2º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro …………………  General y ARCHIVESE.

 

QUILMES,  14 de Noviembre de 2023. 

 

       

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.

Dra. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D. 

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

 

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza N° 13.985/2023, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 14 de Noviembre del  2023.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

DECRETO 4422/2023