Boletines/La Plata
Decreto Nº 4200/23
La Plata, 20/12/2023
Visto
los artículos 190 y 191 de la Constitución de la Provincia y los artículos 107 y 178 inc. 1º de la Ley Orgánica de Municipalidades (Decreto-Ley N° 6769/58), y
Considerando
Que el artículo 107 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la administración general corresponde exclusivamente al Departamento Ejecutivo.
Que la misma norma dispone, en su artículo 178, inciso 1°, que el Intendente tendrá como auxiliares para el cumplimiento de sus atribuciones y deberes a los secretarios y empleados.
Que en atención a que ha sido derogada la estructura orgánico-funcional que fuera aprobada mediante Decreto N° 3298/21 y modificatorias, necesario definir las nuevas misiones y funciones de las Secretarías que asistirán en las funciones del Departamento Ejecutivo así como efectuar las designaciones de sus titulares.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones reconocidas por el artículo 107 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Créase la Secretaría de Cultura y apruébanse sus Misiones y Funciones, de conformidad a lo dispuesto en el Anexo Único del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º. Desígnase a partir de la fecha de suscripción del presente en el cargo de Secretaria de Cultura a la Lic. Ana Amelia NEGRETE (DNI 26.601.396).
ARTÍCULO 3º. Remítase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas a efectos de elaborar las modificaciones necesarias para adecuar lo dispuesto en el presente a las partidas específicas en el presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5º: Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Municipal, publíquese y archívese.-
Dr. Julio Alak. Intendente. Dr. Carlos E. Bonicatto. Jefe de Gabinete.
ANEXO ÚNICO
SECRETARÍA DE CULTURA
MISIONES Y FUNCIONES
• Entender en la planificación, evaluación y control de las áreas culturales de la administración municipal, tomando intervención en todos los aspectos vinculados con ellas.
• Participar en las relaciones con organismos gubernamentales y no gubernamentales destinadas a fomentar políticas culturales que tiendan a impulsar actividades vinculadas a las distintas expresiones de la cultura popular.
• Impulsar políticas de promoción e incentivo de las actividades culturales de todo tipo, apoyando la organización de congresos y convenciones.
• Participar en la elaboración e implementación de los proyectos artísticos en los distintos espacios culturales del municipio.
• Coordinar talleres, seminarios y cursos artísticos-culturales.
• Organizar un programa integral de propuestas culturales de y hacia la comunidad.
• Proponer la creación y fomentar la utilización de bibliotecas, museos y archivos.
Dr. Julio Alak. Intendente.