Boletines/La Plata
Decreto Nº 4187/23
La Plata, 17/12/2023
Visto
los artículos 190 y 191 de la Constitución de la Provincia y los artículos 107 y 178 inc. 1° de la Ley Orgánica de Municipalidades (Decreto-Ley N° 6769/58), y
Considerando
Que el artículo 107 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la administración general corresponde exclusivamente al Departamento Ejecutivo.
Que la misma norma dispone, en su artículo 178, inciso 1°, que el Intendente tendrá como auxiliares para el cumplimiento de sus atribuciones y deberes a los secretarios y empleados.
Que en atención a que ha sido derogada la estructura orgánico-funcional que fuera aprobada mediante Decreto N° 3298/21 y modificatorias, necesario definir las nuevas misiones y funciones de las Secretarías que asistirán en las funciones del Departamento Ejecutivo así como efectuar las designaciones de sus titulares.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones reconocidas por el artículo 107 de la Ley Orgánica de Municipalidades.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Créase la Secretaría de Hacienda y Finanzas y apruébanse sus Misiones y Funciones, de conformidad a lo dispuesto en el Anexo Único del presente Decreto.-
ARTÍCULO 2º: Dése por designado, a partir del 11 de diciembre de 2023 y hasta la fecha de la suscripción del presente, en el cargo de Secretario de Economía al Lic. y Cdor. Marcelo Daría GIAMPAOLI (DNI 17.486.097).-
ARTÍCULO 3º: Desígnase a partir de la fecha de suscripción del presente en el cargo de Secretario de Hacienda y Finanzas al Lic. y Cdor. Marcelo Darío GIAMPAOLI (DNI 17.486.097).-
ARTÍCULO 4º: Elaborénse las modificaciones necesarias para adecuar lo dispuesto en el presente a las partidas específicas en el presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario Legal y Técnico.-
ARTÍCULO 6º: Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Municipal, publíquese y archívese.-
Dr. Julio Alak. Intendente. Dr. Guillermo Comadira. Secretario Legal y Técnico.
ANEXO ÚNICO
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
MISIONES Y FUNCIONES
• Asistir al Señor Intendente y a toda la organización municipal, en la administración de los ingresos públicos y en el control del destino de los mismos.
• Contribuir en apoyo del Señor Intendente a todas sus dependencias comunales, en la administración de los gastos e inversiones públicas.
• Controlar el efectivo ingreso de los recursos financieros municipales, tanto los de fuente propia, como los recibidos de otras jurisdicciones (nacionales, provinciales y externas).
• Realizar informes periódicos de la evolución y proyección de todas las fuentes de ingresos públicos.
• Organizar la administración tributaria municipal, incluyendo la emisión, recaudación, control de la recaudación, determinación de las deudas de los contribuyentes, fiscalización, intimación a los morosos y evasores en la vía administrativas del reclamo, elaborar los títulos de deuda, remitirlos al cobro judicial y su seguimiento posterior, de todos los tributos municipales y provinciales descentralizados.
• Organizar y administrar los procesos de contrataciones adquisiciones de bienes, servicios, obras y trabajos públicos del erario municipal.
• Informar sobre el producido de las distintas etapas del trámite de las contrataciones, conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades;
• Administrar las disponibilidades de fondos municipales, tanto en reservas, bancos e instituciones financieras y disponer su uso para la cancelación de obligaciones.
• Administrar las inversiones financieras de los fondos públicos.
• Informar a través de los estados financieros conforme lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades.
• Organizar los registros contables, patrimoniales y financieros del municipio conforme lo prescribe Ley Orgánica de las Municipalidades.
• Elaborar los estados contables y financieros para la preparación de la memoria y cierre de cuenta de los ejercicios fiscales.
• Elaborar el proyecto de presupuesto anual; mediante las estimaciones de gastos e inversiones públicas de todas las áreas del municipio, como también de las proyecciones de ingresos públicos.
• Participar en el registro y ampliación del presupuesto de recursos y gastos, durante su ejecución.
• Ejecutar la liquidación de sueldos y contribuciones, como los aportes del empleador, de todos los agentes municipales.
• Administrar el catastro municipal, en sus aspectos: jurídico, económico y de registro catastral; para la administración de la tasa que grava los inmuebles del distrito y la de plusvalía.
Dr. Julio Alak. Intendente. Dr. Guillermo Comadira. Secretario Legal y Técnico.