Boletines/La Plata
Decreto Nº 4186/23
La Plata, 17/12/2023
Visto
los artículos 190 y 191 de la Constitución de la Provincia y los artículos 107 y 178 inc. 1º de la Ley Orgánica de Municipalidades (Decreto-Ley N° 6769/58), y
Considerando
Que el artículo 107 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la administración general corresponde exclusivamente al Departamento Ejecutivo.
Que la misma norma dispone, en su artículo 178, inciso 1°, que el Intendente tendrá como auxiliares para el cumplimiento de sus atribuciones y deberes a los secretarios y empleados.
Que como consecuencia de ello es necesario definir las nuevas misiones y funciones de las Secretarías que asistirán al Departamento Ejecutivo así como efectuar las designaciones de sus titulares.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones reconocidas por el artículo 107 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Deróguese el Decreto Nº 3298/21 y sus normas modificatorias, manteniendo su vigencia aquellas unidades organizativas de nivel inferior a Dirección y las correspondientes a Contaduría General y Tesorería General, con sus respectivas unidades inferiores.-
ARTÍCULO 2º: Créase la Secretaría Legal y Técnica y apruébanse sus Misiones y Funciones, de conformidad a lo dispuesto en el Anexo Único del presente Decreto.-
ARTÍCULO 3º: Desígnase a partir de la fecha de suscripción del presente en el cargo de Secretario Legal y Técnico, al Dr. Guillermo Federico COMADIRA (DNI 28.057.163).-
ARTÍCULO 4°: Elaborénse las modificaciones necesarias para adecuar lo dispuesto en el presente a las partidas específicas en el presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Municipal, publíquese y archívese.-
Dr. Julio Alak. Intendente.
ANEXO ÚNICO
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
MISIONES Y FUNCIONES
• Entender en el control de los aspectos procedimentales, legales y/o de oportunidad de los proyectos de actos administrativos y convenios que celebre el Señor Intendente.
• Coordinar y analizar, en el marco de sus competencias, los anteproyectos de ordenanzas que, como iniciativa del Departamento Ejecutivo, sean remitidos al Honorable Concejo Deliberante.
• Entender en la elaboración de los proyectos, anteproyectos y demás actos que le encomiende la superioridad.
• Intervenir en representación de la Municipalidad en los juicios en que el Municipio sea parte actora o demandada.
• Coordinar y dirigir los servicios jurídicos del Municipio, excepto los encomendados normativamente a otra área.
• Prestar asesoramiento en las consultas de carácter legal que le sean efectuadas por el Señor Intendente
• Entender en la publicidad de los actos de gobierno a través del Boletín Oficial
• Organizar y mantener actualizado el registro de las normas legales y actos administrativos emanados de la Administración Municipal y disponer su comunicación a las distintas dependencias municipales, digesto y Boletín Municipal.
Dr. Julio Alak. Intendente.