Boletines/Saavedra

Decreto Nº1335

Decreto Nº 1335

Saavedra, 10/10/2023

Corresponde a Expediente Nº 93.556/22

PIGUE, 10 de Octubre de 2.023

 

Visto

El Decreto Nº 348/22 de convalidación del convenio celebrado entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la P.B.A. y la Municipalidad de Saavedra cuyo objeto es el otorgamiento de recursos financieros del Programa de Emergencia de Infraestructura Municipal de la Pcia. de Bs.As. (PREIMBA) para financiamiento de la ejecución de la Obra pública municipal “Refacción y Ampliación baños Parque Municipal “Fortunato Chiappara” de la localidad de Pigüé” y la transferencia de fondos recibida por el Certificado Nro 2

Que atento a lo establecido en el Artículo 119º, último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones y creaciones de partidas que se financien con recursos afectados

POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:

D E C R E T A

 

Artículo 1º: Ampliase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2.023, la Partida que se detalla a continuación:

2200000 – Transferencias de Capital

2250000 - De gobiernos provinciales

2250107 – Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos……..$  5.577.593,44

Artículo 2º: Crease o ampliase en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.023, las Partidas que se detallan a continuación:

Jurisdicción: 1110114000 - Secretaría de Desarrollo Urbano y Territorial

 

25.00.00 - Ejecución de Obras

   

25.77.00 - Ministerio Infraestructura

   

25.77.03 - Refacción y Ampliación baños parque Fortunato Chiappara de la localidad de Pigüé

   

132 - De origen provincial

   

2.0.0.0 - Bienes de consumo

   

2.5.0.0 - Productos químicos, combustibles y lubricantes

   

2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes

 $       17,921.90

crear

2.5.8.0 - Productos de material plástico

 $       37,259.90

crear

2.6.0.0 - Productos de minerales no metálicos

   

2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica

 $       81,000.00

ampliar

2.6.3.0 - Productos de loza y porcelana

 $       13,195.04

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2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso

 $     261,803.64

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2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso

 $     282,900.00

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2.7.0.0 - productos metálicos

   

2.7.1.0 - Productos ferrosos

 $  1,412,278.79

crear

2.7.2.0 - Productos no ferrosos

 $       48,883.65

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2.7.9.0 - Otros

 $     419,985.46

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2.8.0.0 - Minerales

   

2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena

 $     457,380.00

crear

2.9.0.0 - Otros bienes de consumo

   

2.9.9.0 - Otros

 $         2,578.28

crear

3.0.0.0 - Servicios no personales

   

3.2.0.0 - Alquileres y derechos

   

3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte

 $       60,500.00

crear

3.3.0.0 - Mantenimiento, reparación y limpieza

   

3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales

 $  2,342,056.78

ampliar

3.5.0.0 - Servicios comerciales y financieros

   

3.5.9.0 - Otros

 $     139,850.00

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TOTAL:

 $  5,577,593.44

 

 

Artículo 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 1º .

 

Artículo 4º: Comuníquese, pase a Contaduría y Tesorería, dése al Registro de decretos y cumplido, archívese.

 

 DECRETO Nº 1.335/23