Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3304
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 04/12/2023
Visto las presentes actuaciones, referidas la solicitud presentada a fojas 1 del expediente N.º 0-11154/2023 por Lupi Jose, DNI: 16.295.235, en carácter de Socio Gerente de Hormigón del Parque S.R.L. CUIT 30-71669553-7, solicitando la eximición del pago de tasas municipales, y;
CONSIDERANDO:
Que, de fs. 2 a 3 del expediente N.º 0-1357/2023 obra copia del Acta de Permiso de Uso Precario y Condicionado entre Hormigón del Parque S.R.L. y la Municipalidad de Bahía Blanca, a fs. 4 y 5 del expediente N.º 0-1357/2023 obra copia de Decreto de aprobación del Acta mencionada precedentemente y a fs. 6 del expediente N.º 0-1357/2023 copia de Ordenanza de Convalidación del Acta de uso Precario y Condicionado sancionado por el Honorable Concejo Deliberante el día 24 de noviembre de 2022;
Que, a fs. 6 del expediente 0-11154/2023, el jefe de División de Promoción Industrial informa que: “… La firma del Acta de Permiso de Uso Precario y Condicionado se produjo el 22 de junio del 2022 es decir con posterioridad a la fecha de sanción de la ordenanza 20518 (28/12/2021)…” , “… Tal como consta en foja 1 la empresa ha presentado el expediente 4007-1062-2023 por medio del cual ha iniciado el proceso de habilitación de la planta de hormigón localizada en el Parque Industrial; que en foja 5 consta copia de factura por medio de la cual HORMIGÓN DEL PARQUE SRL acredita que se encuentra operando en el Parque Industrial. Por todo lo expuesto corresponde eximir a la empresa HORMIGÓN DEL PARQUE SRL CUIT 30-71669553-7 contribuyente 91282 a partir del 24- 11-2023 -fecha de presentación del expediente 0-11154-2023- y por el término de 8 años, es decir hasta el 23-11-2031…”;
Que, el Artículo N.º 2 de la Ordenanza N.º 20.518 establece: “Las empresas que se radiquen dentro del Parque Industrial de Bahía Blanca y/o Parques o Sectores planificados para la radicación de empresas industriales o logísticas o que en el futuro pudieran constituirse dentro del marco de la Ley Provincial 13.744 o la que la reemplace o modifique, estarán eximidas por el término de 8 años desde su radicación, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene; Tasa por Alumbrado Limpieza y Conservación de la Vía Pública; Tasa de Salud; Derechos de Publicidad y Propaganda; Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias; Derechos de Construcción y toda tasa que modifique a alguna de las señaladas. “Que, el Artículo N.º 6 de la Ordenanza N.º 20.518 establece: “En el caso de los agrupamientos de empresas públicos o mixtos, la eximición del pago por los Derechos de Construcción se otorgará; en el caso el Parque Industrial de Bahía Blanca, en forma conjunta con el Acta de Permiso de Uso Precario y Condicionado, o aquel instrumento que en el futuro lo reemplace; y en el caso de Parques o Sectores Planificados, con el instrumento legal que acredite la propiedad o tenencia del titular.“;
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º: Eximir a la firma HORMIGÓN DEL PARQUE S.R.L., CUIT 30-71669553-7, del pago de las Tasas que recaen sobre el Contribuyente N.º 91282, durante el plazo de ocho (8) años, a partir del 24 de noviembre de 2023, en un todo de acuerdo a la Ordenanza N.º 20.518 y a los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º: Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación y Departamento de Análisis Política Fiscal, Promoción Industrial. Hecho: ARCHIVAR.-