Boletines/Moreno

Ordenanza Nº7072/23

Ordenanza Nº 7072/23

Moreno, 16/11/2023

VISTO el Expte. H.C.D. N° 35.679/2023, mediante el cual estudiantes del nivel secundario solicitan la integración al mundo laboral; y

CONSIDERANDO que el Derecho al Trabajo es una garantía fundamental de nuestro sistema jurídico, y protectorio, de los ciudadanos y ciudadanas, y además su vínculo con el Derecho a la Educación, y la necesidad de formar a estudiantes dotando de herramientas para su integración al mundo laboral, es un deber central, que debe ser tomado por las políticas que desarrolla el Estado en todas sus órbitas.

QUE la generación de políticas públicas referidas a la inclusión de jóvenes al mercado laboral, es actualmente abordada por el Estado Nacional, Provincial y Local, existiendo vastos esquemas de trabajo para este segmento social, y la creación de ámbitos de participación que incluyan a los y las estudiantes del distrito, fortalece y vuelve más eficaz a esos esquemas, más aún cuando estos se vuelven replicadores a través de sus espacios de organización, como lo son los Centros de Estudiantes, para que las políticas públicas sean conocidas por los y las jóvenes.

QUE este Honorable Concejo Deliberante viene celebrando Comisiones Especiales Abiertas, para promover la participación de la comunidad en la generación de políticas públicas, siendo el presente proyecto un cabal ejemplo de ello, en tanto los miembros de un Centro de Estudiantes han problematizado una situación, han pensado formas de abordaje, han efectuado una presentación formal ante este Honorable Cuerpo, y generando un movimiento institucional, para generar las acciones necesarias, para su inclusión en la mejoría de esta situación.

QUE la presente iniciativa cuenta con lo expuesto, con herramientas concretas para su gestión y aplicación.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo, para que a través del Área de Empleo, comunique de forma periódica las capacitaciones y ofertas laborales existentes, a través de las plataformas existentes tales como el Consejo Escolar, el Programa Representar, y/o cualquier otro existente o que en su futuro los reemplace.

ARTÍCULO 2°: Solicítese al Departamento Ejecutivo, para que a través del Área de Empleo, arbitre los medios necesarios para mantener una comunicación constante con Centros de Estudiantes, a los fines de recibir iniciativas y/o problemáticas existentes, referidas a la integración de jóvenes en el mercado laboral.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese a los entes Nacionales y/o Provinciales con injerencia en políticas públicas de empleo, y con asiento en el distrito, para que informes acciones existentes respecto de la inclusión laboral de jóvenes.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 16 de Noviembre de 2023.

PROF. CASTRO ISAMAEL                 BELLOTTA, ARACELI
     Secretario                                               Presidenta
Comunicado al D.E el día 28/11/2023
Promulgada mediante el Decreto N° 4751/23 de fecha 28/11/2023