Boletines/Moreno

Decreto Nº4484/23

Decreto Nº 4484/23

Moreno, 06/11/2023

Visto y considerando

VISTO El expediente municipal N° 4078-256294-I-2023 iniciado por el Organismo Descentralizado “Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local (IMDEL); y

CONSIDERANDO que en dichas actuaciones se solicita declarar de Interés Municipal al evento “Día de la Tradición” a realizarse durante el día 12 de noviembre de 2023, en el Parque Los Robles sito en calle Williams y Benito Juárez, Partido de Moreno, en el horario de 10:00 hs. a 20:00 hs.

Que en el referido evento, se realizaran una serie de actividades, en el marco del “Día de la Tradición”, el cual se compone de una jornada de tipo cultural, deportivo, exposiciones artísticas, ofertas gastronómicas, entre otros, destinados para toda la familia morenense.

Que es oportuno para fomentar la oferta de productos autóctonos regionales y de otras culturas, además de brindar el desarrollo de actividades de esparcimiento y promover el turismo interno durante dicho evento.

Que es importante para fortalecer los valores culturales, los productos autóctonos regionales, las diferentes culturas, el entretenimiento familiar y los lugares de esparcimiento en contacto con la naturaleza.

Que el proyecto se presenta como una propuesta al alcance de los visitantes de la zona, brindando una alternativa cultural, popular e inclusiva.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inc. 17 del Decreto-Ley N° 6769/58 — Ley Orgánica de las Municipalidades.

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO 

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal el evento “Día de la Tradición” a realizarse durante el día 12 de noviembre de 2023, en el horario de 10:00 hs. a 20:00 hs. en el Parque Los Robles sito en calle Williams y Benito Juárez, Partido de Moreno.

ARTÍCULO 2°.- Autorícese a la Jefatura de Compras del IMDEL a gestionar las adquisiciones que sean necesarias, para así poder llevar a cabo lo descripto en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3°.- Autorícese a la Contaduría del IMDEL a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que eventualmente emerjan del evento mencionado en el artículo 1.

ARTÍCULO 4°.- Deléguese en la Srta. Administradora General del IMDEL la reprogramación, modificación o prórroga de la fecha o el horario de realización del evento mediante resolución fundada, para lo cual se aplicará el presente Decreto a los mismos fines y efectos.

ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese al IMDEL. Cumplido, archívese.

SR ALBERTO ESTEBAN CONCA                          SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ