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Ordenanza Nº4097

Ordenanza Nº 4097

Villarino, 22/11/2023

VISTO el Asunto N°14.181: Bloque de Concejales del Frente de Todos presenta proyecto de Ordenanza creando dentro del ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Villarino el denominado “Programa Municipal de Educación Financiera”.

Y CONSIDERANDO 1) Que el dictamen de la Comisión de Producción, Medio Ambiente y Turismo recomendó, por mayoría, su aprobación. 2) Que el mismo ha sido aprobado por la totalidad de los Señores Concejales Presentes, reunidos en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2023

ORDENANZA

 

NATURALEZA

ARTÍCULO 1°: Créase dentro del ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Villarino el denominado “Programa Municipal de Educación Financiera”.

FINALIDAD

ARTÍCULO 2°: Fortalecer las capacidades financieras de la población a partir de la promoción de la Educación Financiera, fomentando así, a través de diferentes charlas y capacitaciones, el uso de servicios financieros por medio de canales formales, e incentivando a la planificación financiera y la protección de los usuarios, con el objetivo de reducir las brechas existentes en el acceso y uso de servicios y productos financieros, en especial, de los segmentos sociales más vulnerables.

DEFINICIONES

ARTÍCULO 3°: A los efectos de la presente ordenanza se considera:

  • Sistema Financiero: al conjunto de instituciones, entidades financieras, cajas de ahorro y entidades de crédito que se interrelacionan entre sí, con el fin de canalizar los ahorros de personas/empresas (depositantes) y dirigirlos a personas/empresas que necesitan fondos (deudores), tanto del sector público como del sector privado, dando seguridad a los movimientos de dinero y a los propios sistemas de pago.
  • Educación Financiera: Proceso por el cual las personas adquieren conocimientos esenciales sobre el manejo del dinero, las finanzas personales y sus derechos como usuarios financieros y, consecuentemente, desarrollan habilidades para usar productos y servicios financieros bancarios y no bancarios, de forma responsable e informada.
  • Capacidades Financieras: Combinación de conocimiento, habilidades, actitudes y comportamientos necesarios para tomar y ejercer las decisiones de administración del dinero que mejor se adapten a las circunstancias de la vida, dentro de un entorno propicio que incluye, pero no se limita, al acceso a servicios financieros apropiados.
  • Inclusión Financiera: Es la promoción del acceso responsable, sostenible e igualitario a una cierta cantidad de servicios y productos financieros y la ampliación de su uso hacia todos los segmentos de la sociedad desde una perspectiva social, federal y de género.
  • Productos Financieros: Son instrumentos que dan la posibilidad de obtener un rendimiento del dinero a través del ahorro e inversión y que, generalmente, son emitidos por instituciones financieras o bancarias.
  • Planificación Financiera: Es el proceso de elaboración de un plan financiero integral, organizado, detallado y personalizado, que garantice alcanzar los objetivos financieros determinados previamente, así como los plazos, costos y recursos necesarios para que sea posible.
  • Bancarización: Se define como el grado y el nivel de uso de productos y servicios bancarios dentro de la economía de una población específica y también se relaciona con la facilidad de acceso, penetración económica y nivel de utilización de recursos por parte de la población.
  • Semibancarización: Utilización de las cuentas bancarias solo para realizar extracciones de efectivo sin hacer un uso práctico de otros servicios financieros que posibilitan dichas cuentas.

OBJETIVOS

ARTÍCULO 4°: Son objetivos de la presente Ordenanza:

  • Mejorar la calidad del uso, y el conocimiento de la población, de los productos y servicios financieros.
  • Comprender los distintos productos y servicios financieros de manera que los ciudadanos puedan tomar decisiones conscientes que se adecúen a sus necesidades.
  • Potenciar el uso de servicios financieros a través de canales formales.
  • Permitir, a partir de la capacitación, que los ciudadanos desarrollen habilidades para adquirir una mayor comprensión de los riesgos y oportunidades financieras.
  • Comenzar a tomar decisiones con el mayor grado de información posible.
  • Adoptar medidas efectivas para mejorar el bienestar financiero de los ciudadanos.
  • Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las personas, desde la dimensión económica.
  • Fortalecer las capacidades financieras de la población, aumentando las probabilidades de tener mejores comportamientos financieros como ahorrar, administrar dinero, manejar deudas y elegir servicios financieros adecuados.
  • Incentivar la planificación financiera.
  • Contribuir a atenuar los niveles de desigualdad y pobreza de la población.
  • Despertar el interés de las nuevas generaciones por las finanzas.
  • Ofrecer a los ciudadanos programas y/o capacitaciones que instruyan en educación financiera, que potencien el aprendizaje de conocimientos, destrezas y habilidades en materia económica y que permitan que los mismos interioricen conceptos, como pueden ser: la importancia del ahorro, el presupuesto, los gastos, los ingresos, los costos, el consumo responsable, la gestión y planificación financiera, los riesgos y beneficios.
  • Mejorar las habilidades y aptitudes que ha de tener una persona emprendedora.
  • Mostrar diferentes estrategias de marketing y publicidad.

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

ARTÍCULO 5°: La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será la Comisión de Producción, Medio Ambiente y Turismo del Honorable Concejo Deliberante, a través de su presidencia.

SEGMENTACIÓN

ARTÍCULO 6°: Para una gestión más eficiente del Programa Municipal de Educación Financiera, es necesario llevar a cabo una segmentación por grupos, ya que permitirá maximizar el impacto de los recursos disponibles durante el proceso de implementación. La segmentación es crucial en el proceso educativo ya que permite una comunicación más acorde y un enfoque pedagógico que puede abordar las necesidades reales de grupos específicos de usuarios financieros, lo que les permitirá responder a comportamientos y vulnerabilidades específicas. 

ARTÍCULO 7°: Se tomarán en cuenta, para la segmentación de las poblaciones objetivo, las características demográficas, los niveles de ingreso y el segmento productivo, criterios que se corresponden con las estrategias de Educación Financiera implementadas a nivel mundial.

ARTÍCULO 8°: Los grupos sobre los que se va a priorizar la implementación de las acciones estratégicas serán:

  • Personas Mayores.
  • Beneficiarios de la Seguridad Social.
  • Jóvenes.
  • Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes).

Como existen diferencias considerables entre los grupos priorizados, se reconoce la importancia de adecuar los tópicos y los contenidos a las necesidades de cada uno de ellos, como así también la forma en la que se comunicará.

CAPACITACIONES

ARTÍCULO 9°: Las charlas y/o capacitaciones serán planificadas por la autoridad de aplicación, en días, horarios y lugares a convenir.

ARTÍCULO 10°: La autoridad de aplicación será la encargada de buscar a los capacitadores, de preferencia con domicilio en el distrito de Villarino, los que deberán adaptar los contenidos al contexto específico, las necesidades reales y los saberes previos de los segmentos sociales destinatarios.

ARTÍCULO 11°: Los gastos que demanden las jornadas de capacitación y la contratación de los capacitadores serán afrontados por el Honorable Concejo Deliberante, de la partida 3.4. Servicios Técnicos y Profesionales.

CAMPAÑA DE DIFUSIÓN

ARTÍCULO 12°: La autoridad de aplicación será la encargada de difundir con 15 días de anticipación, a través de todos los medios de comunicación disponibles, la realización de las jornadas de capacitación.

TÓPICOS Y CONTENIDOS RECOMENDADOS

ARTÍCULO 13°: Para abordar la Educación Financiera, es necesario partir de la comprensión de una serie de conceptos básicos. Es por ello que se propone que las acciones estratégicas destinadas a todos los grupos tengan en cuenta un conjunto de ejes comunes, que podrán ser modificados u adaptados por cada uno de los capacitadores, a saber:

  • Inclusión financiera:
    • Concepto: Elementos.
    • La Inclusión Financiera como herramienta de inclusión social.
    • La Inclusión Financiera como política de Estado.
  • Planificación Financiera:
    • Presupuesto: Para qué sirve.
    • Ingresos y gastos: Componentes principales.
    • Ahorro como mecanismo para enfrentar metas de corto plazo, como herramienta para afrontar situaciones imprevistas.
    • Seguros: beneficios y tipos.
    • Endeudamiento responsable y riesgos del sobreendeudamiento.
  • Uso del Sistema Bancario:
    • Cuentas bancarias: Tipos y operaciones.
    • Tarjeta de débito y crédito: Usos y beneficios; ¿Por qué mantener el dinero en la cuenta?
    • Ahorro e inversiones en el sistema financiero.
    • Cajeros automáticos: Usos.
    • Transferencias bancarias.
    • Créditos: Importancia del historial crediticio.
  • Banca Virtual:
    • Homebanking: Usos y beneficios; Operaciones que se pueden hacer.
    • Pagos digitales: Billetera virtual.
    • Uso de celulares: Código QR.
    • Ciberseguridad: resguardo de los datos personales, cómo prevenir fraudes y estafas, cómo denunciar.
  • Derechos del Consumidor Financiero:
    • ¿Qué derechos tenemos?
    • Uso responsable por parte de la persona usuaria: Resguardar sus datos.
    • Reclamos: Tipos de reclamos; Modelo estándar; ¿Cómo llevarlo adelante?

ARTÍCULO 14°: Asimismo las acciones privilegiarán una serie de temas para abordar con mayor énfasis en cada grupo, recomendando los siguientes tópicos:

  • Personas Mayores:
    • Uso del sistema bancario y herramientas virtuales.
    • Planificación previsional.
  • Beneficiarios de la seguridad social:
    • Uso del sistema bancario.
    • Conocimientos básicos de Economía.
    • Economía del comportamiento: Sesgos y cómo resolverlos.
    • Economía del cuidado.
  • Jóvenes:
    • Herramientas financieras y económicas:
      • Conocimientos macro: PBI. Ingreso. Consumo. Gasto. Inversión. Política fiscal y monetaria. Inflación. Tipo de cambio.
      • Economía del comportamiento: Sesgos y cómo resolverlos.
      • Economía del cuidado: Brechas salariales de género.
      • Tasa de interés. Capitalización simple y compuesta. Bonos. Rentas. Perpetuidades.
    • Impuestos:
      • Monotributo social y general.
      • Facturación.
      • AFIP.
  • MiPymes:
    • Contabilidad:
      • Estructura de costos.
      • Formación de precios.
      • Armado de presupuestos.
      • Control de inventarios.
      • Impuestos: Monotributo social y general. Facturación.
    • Microcréditos y ahorro:
      • Características y destinatarios.
      • Sobreendeudamiento.
      • Mecanismos de ahorro: Plazo fijo.
      • Caja de Ahorro y Cuenta Gratuita Universal.
      • Brechas de género en el acceso al crédito.
    • Innovación financiera:
      • Apps bancarias y Homebanking.
      • Billeteras virtuales.
      • Pagos y cobros virtuales. El uso del Posnet.
      • Código QR.

ARTÍCULO 15°: Promúlguese, publíquese, comuníquese, pase al Departamento

Ejecutivo a sus efectos, cumplido archívese.