Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1463/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 01/09/2023
VISTO:
El Expediente Nº 2258/23, iniciado por la señora Silvina Lujan Ardisone, solicitando el cambio de titularidad a su favor en calidad de ser la única y universal heredera del inmueble correspondiente al contribuyente N° 13770; y
CONSIDERANDO:
Que informa que el mencionado inmueble fue adjudicado a sus padres Oscar Enrique Ardisone y Ángela Raquel Benetti, quienes se encuentran fallecidos, asimismo manifiesta y declara que no posee otro inmueble a su nombre.
Que a fojas 3, el Departamento de Catastro informa los datos del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Quinta 29, Manzana 29E, Parcela 3, Partida Municipal N° 13774, correspondiente a la Obra “Construcción de 100 Viviendas Plan Solidaridad” Casa 45, ubicado en calle Jorge D. López Oleaga N° 1432 de General Villegas, adjudicado por Decreto N° 610/10 a los señores Ángela Raquel Benetti y Oscar Enrique Ardisone.
Que con fecha 28 de febrero de 2023, la Dirección de Rentas informa que el inmueble origen de autos no registra deuda.
Que con fecha 15 de marzo de 2023, se realizó un informe socioeconómico.
Que acompaña copia de actas de defunción, acta de adjudicación del Instituto de la Vivienda, facturas de servicios, y declaratoria de herederos de los señores Oscar Enrique Ardisone y Ángela Raquel Benetti que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas en autos caratulados “Ardisone, Oscar Enrique y Otro s/ Sucesión Ab-intestato” en la que se declara en carácter de universal heredera a su hija Silvina Lujan Ardisone.
Que según el Acta de adjudicación del Instituto de la Vivienda de fecha 9 de septiembre de 2010, el inmueble en cuestión, será destinado a la vivienda única, familiar y de ocupación efectiva y permanente.
Que la transmisión de derechos se encuentra regulada por el Código Civil y el proceso sucesorio se halla regulado en el Título II del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere registrar la transmisión de derechos hereditarios que surgen del Decreto N° 610/10, adjudicando el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 29, Manzana 29E, Parcela 3, Partida Municipal N° 13774, correspondiente la Obra “Construcción de 100 Viviendas Plan Solidaridad” Casa N° 45, a nombre de la señora Silvina Luján Ardisone.
Que corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese la titularidad del inmueble adjudicado por Decreto Nº 610/10, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 29, Manzana 29E, Parcela 3, Partida Municipal N° 13774, correspondiente a la Obra “Construcción de 100 Viviendas Plan Solidaridad” Casa N° 45, ubicado en calle Jorge D. López Oleaga N° 1432 de General Villegas a favor de la señora SILVINA LUJÁN ARDISONE, DNI Nº 20.437.012, en su carácter de universal heredera de los señores Oscar Enrique Ardisone y Ángela Raquel Benetti, conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 2258/13.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declárase el Interés Social de la presente adjudicación.
ARTÍCULO TERCERO: El inmueble deberá mantener el destino de su adjudicación inicial y la adjudicataria debe cumplir con las obligaciones impuestas a los adjudicatarios iniciales.
ARTÍCULO CUARTO: En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones dispuestas será facultad del Departamento Ejecutivo proceder a la desadjudicación por solo informe de la oficina competente.
ARTÍCULO QUINTO: Déjese establecido que, ante la posibilidad de renuncia al inmueble por parte de la adjudicataria, queda expresamente dispuesto que la misma asume la obligación de comunicar al Municipio tal situación en forma inmediata, quien resolverá el destino del inmueble.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, Dirección de Rentas, Departamento Catastro, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, Dirección de Asuntos Jurídicos y Honorable Concejo Deliberante; cúmplase y archívese.