Boletines/Lobería
Decreto Nº 2305-23
Lobería, 01/12/2023
REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.721/22, el Decreto Nº 029/23; y
Considerando
QUE, el Director de Servicios Públicos EMILIANO MARINIER, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizará trabajos de electricidad en el Balneario Arenas Verdes, Partido de Lobería, a partir del 20 de noviembre de 2023;
QUE, atento a no haberse presentado dicho requerimiento en tiempo y forma, corresponde registrar los trabajos realizados;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista Sr. DANIEL EMILIANO MÉNDEZ, D.N.I. N° 27.320.899, designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizó trabajos de electricidad en el Balneario Arenas Verdes, Partido de Lobería, a partir del 20 de noviembre de 2023.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar se detallan a continuación:
• Revisar y conectar bomba de tanque de agua en la oficina de informes.
• Realizar diez metros de zanjeo para la colocación de cable subterráneo y colocar caja a pared.
• Realizar conexiones eléctricas y dejar funcionando.
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 99.436,50.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS QUINCE CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 85.515,39.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 11.932,38. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área
correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente – 16 Dirección de Desarrollo Local – 02 Oficina de Turismo – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE