Boletines/Lobería
Ordenanza Nº 2802-23
Lobería, 30/12/2023
VISTO:
Lo dispuesto por los artículos 41, 77 primer párrafo, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.769/23; y
CONSIDERANDO:
QUE, el Municipio celebró un Convenio Marco de Colaboración con la Universidad Nacional de Mar del Plata para el desarrollo de actividades conjuntas en las áreas de capacitación, investigación, extensión y cualquier otra actividad específica que resulte de interés y fortalecer las relaciones de cooperación y asistencia técnica a través de convenios particulares;
QUE, mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.769/23 se procedió a su registración, agregándose al acto administrativo de referencia el instrumento legal celebrado;
QUE, para la ejecución del mismo, resulta necesaria su convalidación por parte de ese Honorable Cuerpo mediante la sanción de la disposición correspondiente;
POR ELLO, EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a sus atribuciones, aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º CONVALÍDASE el CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN celebrado Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante y registrado por Decreto Nº 1.769/23, entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y la Universidad Nacional de Mar del Plata, representada por su Rector CPN ALFREDO REMO LAZZERETTI, para el desarrollo de actividades conjuntas en las áreas de capacitación, investigación, extensión y cualquier otra actividad específica que resulte de interés y fortalecer las relaciones de cooperación y asistencia técnica a través de convenios particulares.
ARTÍCULO 2° Incorpórase como Anexo Único de la presente, copia del acto administrativo citado en el Artículo 1º y Convenio respectivo.
ARTÍCULO 3º Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanza, cumplido, ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-
ORDENANZA Nº 2802-23
ANEXO
Referencia: Decreto N° 1769-23
“2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA” VISTO:
Lo dispuesto por los artículos 41, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
CONSIDERANDO:
QUE, el Municipio celebró un Convenio Marco de Colaboración con la Universidad Nacional de Mar del Plata para el desarrollo de actividades conjuntas en las áreas de capacitación, investigación, extensión y cualquier otra actividad específica que resulte de interés y fortalecer las relaciones de cooperación y asistencia técnica a través de convenios particulares;
QUE, la Universidad tiene entre sus objetivos fortalecer el sistema de educación superior, mediante el desarrollo de programas académicos de capacitación, investigación, extensión y transferencia de tecnología;
QUE, este municipio tiene interés en la capacitación y formación del personal, la participación e integración de programas de trabajos en áreas específicas y para la comunidad loberense en general;
QUE, ambas partes tienen voluntad de auspiciar aquellas acciones que signifiquen apoyo a la investigación científica y tecnológica en temas de interés común y manifiestan en forma conjunta en realizar análisis y estudios que permitan cubrir distintas necesidades de orden social, cultural y calidad de sus espacios públicos;
QUE, a los efectos de dejar constancia de lo actuado, resulta necesario registrar el referido instrumento legal mediante el dictado del acto administrativo de rigor, el que será oportunamente elevado al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación;
Por todo ello y en ejercicio de facultades y atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º REGÍSTRASE, Ad-Referendum del Honorable Concejo Deliberante el CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, celebrado entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Sr. Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y la Universidad Nacional de Mar del Plata, representada por su Rector CPN ALFREDO REMO LAZZERETTI, para el desarrollo de actividades conjuntas en las áreas de capacitación, investigación, extensión y cualquier otra actividad específica que resulte de interés y fortalecer las relaciones de cooperación y asistencia técnica a través de convenios particulares.
ARTÍCULO 2º El referido instrumento legal consta en el Libro de Contratos Año 2023 bajo el número 434.
ARTÍCULO 3° Tomen conocimiento Contaduría, Dirección de Juventud y Educación, Oficina de Modernización y Tecnología, Asesoría Letrada y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE