Boletines/Lujan

Decreto Nº1609

Decreto Nº 1609

Lujan, 28/07/2022

Asig. Bonif. por Titulo Boguetti Gonzalo Gabriel - EX-2022-00091154- -MUNILUJANDRH#SGPC

Visto

el Expediente EX-2022-00091154-MUNILUJAN-DRH#SGPC por el que tramita la bonificación por título para el agente Gonzalo Gabriel Bogetti; y

Considerando

Que en orden N°02, mediante informe IF-2022-00092054-MUNILUJAN-DRH#SGPC, el agente Bogetti, solicita la asignación de la bonificación por título Técnico Superior en Periodismo del 15% del sueldo básico.

Que se halla en el documento mencionado ut-supra el título superior presentado por el agente Bogetti para acceder al reconocimiento de la bonificación por título del 15%.

Que conforme surge del Informe identificado como IF-2022-00092505-MUNILUJAN-DRH#SGPC, el agente municipal de planta temporaria Gonzalo Gabriel Bogetti, legajo Nº 7271, reviste como personal administrativo clase V de 40 hs. semanales, con bonificación por título del 08% y bonificación por función del 10% sueldo básico. Que en orden Nº06, la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, toma vista y conocimiento.

Que en orden Nº08, se halla la intervención de la Secretaría de Jefatura de Gabinete, prestando conformidad a lo requerido. Que en orden Nº10, la Secretaría de Economía y Finanzas, toma vista de lo solicitado.

Que en orden N°16, se incorpora la PV-2022-00102335-MUNILUJAN-CM#SEF de la correspondiente imputación presupuestaria de la Contaduría Municipal para el otorgamiento de la bonificación para el agente ut-supra mencionado.

Que en orden Nº18, la Dirección de Recursos Humanos toma intervención en el marco de sus competencias y establece e informa que la bonificación requerida reúne las condiciones establecidas en la ordenanza Nº 7492, por el artículo 26º, que establece una bonificación por título para el personal municipal cuando se tratare de título universitario o terciario del 20%, cuando la carrera tuviera una duración mayor de cuatro años; Del 15%, cuando la duración fuera de dos a cuatro años; y del 10%, cuando la duración fuera de hasta dos años.

Que conforme lo indicado en los considerandos anteriores, a requerimiento de lo solicitado por el agente Bogetti, corresponde incrementar la bonificación por título a 15% en su sueldo básico.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.-Incremèntese la BONIFICACIÒN POR TÍTULO al 15%, al agente municipal de planta temporaria Gonzalo Gabriel BOGETTI, legajo N° 7271, a partir del 1º de agosto del 2022.

Artículo 2º.-Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACIÒN POR FUNCIÓN del 10%, al agente municipal de planta temporaria Gonzalo Gabriel BOGETTI, legajo N° 7271, a partir del 1º de enero del 2020.

Artículo 3º.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º, será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

17.-Secretaría de Economía y Finanzas.

01.-Formulación y Ejecución de Políticas Económicas.

110.-Tesoro Municipal. 01.-Gastos en Personal.

02.-Personal Temporario.

01.-Retribuciones del Cargo.

Artículo 4°.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.