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Decreto Nº1591

Decreto Nº 1591

Lujan, 27/07/2022

EX-2022-00094202-MUNILUJAN-DRH#SGPC- Autorízase a la Empresa VANIF A. J. VILLA CONSTRUCCIONES S.R.L. a realizar una extensión de la red de gas natural proyecto NATURGY LU/2310 – Revisión Nº 2

Visto

La presentación efectuada por expediente electrónico Nº EX - 2022-00094202, mediante la cual la Empresa VANIF A. J. VILLA CONSTRUCCIONES S.R.L., representada por su Socio Apoderado Alejandro Javier VILLA, conjuntamente con el vecino de la calle:

538 – La Tradición

Del Partido de Luján, cuya nomenclatura catastral se detalla: Circunscripción: II - Sección: K - Manzana: 52 - Parcelas: 1 (No Adherente) y 18 (No Adherente); según convenio inserto en el expediente de referencia; solicitan autorización para realizar una extensión de la red de gas natural en la calle mencionada, según proyecto NATURGY LU/2310 – Revisión Nº 2, que luce a orden 8 del expediente; y

Considerando

Que la Empresa con domicilio real en Av.Carlos Pellegrini Nº 985 de la ciudad de Luján – Provincia de Buenos Aires; siendo su representante técnico el Ingº Mecánico Héctor Mario Dagnino, Matrícula Nº 41.765; será la encargada de realizar los trabajos requeridos, por lo que se hace responsable exclusiva de los accidentes de cualquier naturaleza que pudieran originarse, incluso los deterioros en las instalaciones de servicios públicos ya existentes;

Que en virtud de los trabajos respectivos, deberá la Empresa VANIF A. J. VILLA CONSTRUCCIONES S.R.L. abonar los “Derechos de Construcción” (mínimo $5.375,67), correspondiente al 1% (uno por ciento) fijados en la Ordenanza Impositiva Nº 7526 – Cap. IX - Artículo 26; siendo su monto de obra pesos ochenta y cinco mil ($ 85.000), el total a pagar corresponde a pesos cinco mil trescientos setenta y cinco con sesenta y siete ($ 5.375,67);

Que la Empresa deberá abonar además, según la Ordenanza Impositiva Nº 7526 – Capítulo X – Artículo 28 – inciso VII a)1, pesos treinta y dos con treinta y ocho centavos ($ 32,38) por metro lineal y por obra, por lo que siendo un total de 24 metros lineales, el monto a pagar es de pesos ochenta y cuatro mil quinientos setenta y seis con cincuenta y seis centavos ($ 777,12);

Que con fecha 11 de julio la Jefe Departamento Catastro manifiesta sobre el expediente de referencia:

el proyecto LU-2310 presentado corresponde a la ejecución de una obra pública consistente en la ampliación de 24 metros lineales de la red de gas existente;

a desarrollar frente a los bienes de Nomenclatura Catastral: Circunscripción: II – Sección: K - Manzana: 52 - Parcelas: 1 (no adherente) - 18 (adherente);

ocupando parte de calle de dominio municipal (538 – La Tradición) de la Ciudad de Luján; el emplazamiento se prevé a una distancia de 1,50m respecto de la “Línea Municipal.

Que corresponde a la Municipalidad extender dicha autorización, dado que se refiere a trabajos que se deben realizar en la vía pública.

Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149- MUNILUJAN-SGPC.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Autorízase a la Empresa VANIF A. J. VILLA CONSTRUCCIONES S.R.L.-C.U.I.T. N° 30-71063903- 1, con domicilio real en Av. Carlos Pellegrini Nº 985 de la ciudad de Luján – Provincia de Buenos Aires, cuyo representante técnico es el Ingº Mecánico Héctor Mario Dagnino, Matrícula Nº 41.765, a realizar una extensión de la red de gas natural, según proyecto NATURGY LU/2310 – Revisión Nº 2, que luce en el expediente de referencia, de común acuerdo con el vecino adherente, a realizarse según se indica a continuación: en una extensión de 24 m. de la red de gas existente; a desarrollar sobre parte de la calle de dominio municipal 538 – La Tradición – Partido de Luján; con frente al bien de Nomenclatura Catastral: Circunscripción: II – Sección: K - Manzana: 52 - Parcelas: 1 (no adherente) - 18 (adherente); el emplazamiento se prevé a una distancia de 1,50 mts., respecto de la Línea Municipal.-

Artículo 2º.- La Empresa VANIF A. J. VILLA CONSTRUCCIONES S.R.L. deberá abonar los “Derechos de Construcción” (mínimo $5.375,67), correspondiente al 1% (uno por ciento) fijados en la Ordenanza Impositiva Nº 7526 – Cap. IX - Artículo 26; siendo su monto de obra pesos ochenta y cinco mil ($ 85.000), el total a pagar corresponde a pesos cinco mil trescientos setenta y cinco con sesenta y siete ($ 5.375,67).-

Artículo 3º.- La Empresa deberá abonar además, según la Ordenanza Impositiva Nº 6187, modificada por la Ordenanza Impositiva Nº 7526 – Capítulo X – Artículo 28 – inciso VII a)1, pesos treinta y dos con treinta y ocho centavos ($ 32,38) por metro lineal y por obra, por lo que siendo un total de 24 metros lineales, el monto a pagar es de pesos ochenta y cuatro mil quinientos setenta y seis con cincuenta y seis centavos ($ 777,12).-

Artículo 4º.- Previo cumplimiento de los Artículos 2º y 3º, la Empresa VANIF A. J. VILLA CONSTRUCCIONES S.R.L., deberá solicitar la correspondiente inspección de obra, ante la Dirección de Obras de esta Municipalidad.-

Artículo 5º.- La Empresa VANIF A. J. VILLA CONSTRUCCIONES S.R.L., es responsable exclusiva de los accidentes de cualquier naturaleza que pudieran originarse, incluso los deterioros en las instalaciones de servicios públicos ya existentes, y se compromete a adoptar las medidas necesarias para el normal tránsito de vehículos y peatones.-

Artículo 6º.- Con motivo de la rotura de las veredas y/o excavaciones que deban realizarse para la ejecución de los trabajos autorizados, el Contratista deberá reconstruir las veredas afectadas a su estado normal, siendo responsable exclusivo por el cumplimiento de esta obligación y por la calidad de las operaciones realizadas.-

Artículo 7º.- Una vez permitida la apertura de veredas, se deberán colocar carteles precautorios, mínimo dos (2) por cuadra con la siguiente leyenda: “Municipalidad de Luján” – Obras de Infraestructura; referencia de obra, datos del contratista y número de expediente y Decreto de autorización.- Dichos carteles serán banners de lona vinílica impresa con bordes superior e inferior conteniendo una banda de 20 cm., color amarillo iram con bandas transversales a 45º de no más de 10 cm. cada una color rojo bermellón; el anverso del banner incluirá el cien por cien (100%) de la superficie con este tratamiento de bandas. Los banners deberán tener 1,50 m. por 0,70 m. como mínimo. Deberán estar acompañados de un soporte para ser colgados a una altura de 0,90 m., según IF-2022-00067910-MUNILUJAN-SSPOI que forma parte del presente.-

Artículo 8º.- La presente autorización será válida por el término de sesenta (60) días contados a partir de la fecha del presente Decreto. De ser necesario ampliar el plazo otorgado por razones climatológicas o ajenas a la empresa, el mismo deberá ser requerido –sin excepción– antes de finalizar el término otorgado.-

Artículo 9º.- La obra autorizada en el Artículo 1º, será realizada por el sistema de COSTO CUBIERTO por la vecina firmante, según convenio inserto en el presente expediente.-

Artículo 10º.- Regístrese, tomen conocimiento la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura –Dirección de Obras – Dirección de Planeamiento y Hábitat; Secretaría de Economía y Finanzas – Dirección de de Ingresos Públicos; notifíquese a la Empresa VANIF A. J. VILLA CONSTRUCCIONES S.R.L.; publíquese y archívese.-