Boletines/Lujan

Decreto Nº1550

Decreto Nº 1550

Lujan, 22/07/2022

Cese Zemborain, Agustín Pedro - EX-2022-00099536- -MUNILUJAN-SDS#SGPC

Visto

El EX-2022-00099536-MUNILUJAN-SDS#SGPC; y

Considerando

Que en orden N°02, obra nota NO-2022-00095041-MUNILUJAN-DADMHM#SS del Departamento de Personal del Hospital “Ntra. Sra. de Luján”, mediante la cual le informan a la Secretaria de Salud Dra. Mariana Girón, que el agente Zemborain, Agustín Pedro, DNI 38.926.957, Legajo N° 7584, registra inasistencias injusti

ficadas los días: 24/06/2022; 25/06/2022; 26/06/2022; 28/06/2022; 29/06/2022; 01/07/2022; 02/07/2022; 03/07/2022; 04/07/2022; 05/07/2022; 06/07/2022; y 08/07//2022.-

Que en orden N°03, la Secretaria de Salud Dra. Mariana Girón, mediante nota NO-2022-00095926-MUNILUJAN-SS, lo pone en conocimiento al Director de Recursos Humanos Juan José Araya, de las inasistencias del agente Zemborain, Agustín Pedro.-

Que en orden N°04, obra cédula de notificación dirigida al agente Zemborain, Agustín Pedro, por medio de la cual se lo intima a que en el plazo de 24 hs de recibida la misma, se reintegre a sus tareas, bajo apercibimiento de cesantía (Art. 108 de la Ley 14.656).-

Que en orden N°05, obra cédula debidamente diligenciada, de la cual surge que con fecha 14/07/2022 los notificadores dejaron en el buzón del domicilio Dorronzoro N° 128, de Luján (B) la cédula de intimación.-

Que en orden N°06 obra Planilla Anual de Novedades, del agente Agustín Pedro Zemborain, de la cual surge que el mismo registra inasistencias de manera ininterrumpida desde el 24/06/2022.-

Que por error involuntario se ha consignado en la cédula de intimación dirigida al agente Zemborain, que el mismo se encontraba inasistiendo desde fecha 09/04/2022, cuando en realidad debió decir desde fecha 24/06/2022. Dicho error, no quita que el agente Zemborain registraba más de 5 inasistencias consecutivas al momento de ser intimado.-

Que el agente Zemborain debió reintegrarse a sus tareas con fecha 15/07/2022, y de la Planilla Anual de Novedades surge que no lo hizo, a pesar de haber sido intimado a hacerlo.-

Que en orden N°07 obra informe de Situación de Revista y último domicilio denunciado del agente Zemborain, Agustín Pedro, del cual surge que el último domicilio que ha declarado es Dorronzoro N° 128, de Luján (B).-

Que conforme a lo estipulado por el Art. 103°, Inc. k), es obligación de los agentes municipales declarar su domicilio, el que subsistirá a todos los efectos legales, mientras no denuncie otro nuevo.- Ley 14.656 ARTÍCULO 103°: “Sin perjuicio de lo que particularmente impongan las leyes, ordenanzas, decretos, resoluciones y disposiciones, los trabajadores deben cumplir estricta e ineludiblemente las siguientes obligaciones: …- k) Declarar su domicilio, el que subsistirá a todos los efectos legales, mientras no denuncie otro nuevo.- …-”.- Por ello debe tenerse al agente Zemborain, Agustín Pedro por debidamente notificado e intimado conforme a las constancias del orden N°05 del presente y al Art. 103° Inc. k) de la Ley 14.656.-

Que conforme a lo estipulado por el Art. 108° primer párrafo de la Ley 14.656 y a los hechos de autos, se ha comprobado que el agente Zemborain, Agustín Pedro, ha incurrido en abandono de cargo.- Ley 14.656 ARTÍCULO 108°: “El trabajador que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas, sin previo aviso, será considerado incurso en abandono de cargo. Se lo intimará para que se reintegre a sus tareas dentro del término de un (1) día hábil subsiguiente al de la notificación y si no se presentare, vencido el plazo, se decretará su cesantía, salvo cuando pudiere justificar valedera y suficientemente la causa que hubiere imposibilitado la respectiva comunicación”.-

Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107° y concordante del Decreto Ley Nº 6769/58 y artículo 66º de la Ley Nº 14.656.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1.-Tiénese por debidamente notificado e intimado al agente Zemborain, Agustín Pedro, DNI 38.926.957, Legajo N° 7584, conforme a lo estipulado por el Art. 103° Inc. k) de la Ley 14.656.-

Artículo 2.-Déjase cesante al agente municipal Zemborain, Agustín Pedro, DNI 38.926.957, Legajo N° 7584, revistando en la actualidad como Personal Obrero Clase VII de 48 hs. semanales, perteneciente a la Planta Temporaria, prestando servicios en el Hospital “Nuestra Señora de Luján”, por haber incurrido en abandono de cargo, en virtud a los fundamentos de hecho, la prueba producida y en mérito a lo dispuesto por el Art. 108° de la Ley 14.656.-

Artículo 3.-Regístrese, notifíquese, tomen conocimiento quienes corresponda, publíquese y archívese.-