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Decreto Nº1545

Decreto Nº 1545

Lujan, 22/07/2022

EX-2022-00000318-MUNILUJAN-DRH#SGPC- Contrato de Locación de Obra Dra. Karen Danila Wirth,

Visto

el Expediente N° EX-2022-00000318-MUNILUJAN-DRH#SGPC por el cual tramita la contratación de la abogada Karen Danila Wirth, DNI 35.620.006, y;

Considerando

Que la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana mediante la Providencia N° PV-2022-00093252- MUNILUJAN-SGPC manifiesta la necesidad de proceder con la renovación del contrato de locación de obra de la abogada KAREN DANILA WIRTH, D.N.I. Nº 35.620.006, Matrícula T°XXI F°206 CADJM, para realizar tareas en la Oficina de Defensa al Consumidor dependiente de esa Secretaría.

Que la abogada Karen Danila Wirth tendrá entre sus tareas la supervisión legal, control, impulso y seguimiento de esa oficina, y demás actos que resuelvan las tramitaciones conforme la Ley Provincial N °13.133 en materia de derechos a consumidores y/o usuarios.

Que se encuentra incorporada en el Expediente del visto la documentación de la Dra. Karen Danila Wirth.

Que la Dirección de Recursos Humanos mediante el informe IF-2022-00094216-MUNILUJANDRH#SGPC indica que no hay personal vacante para cumplir esas tareas.

Que la Secretaría de Economía y Finanzas toma intervención en el marco de sus competencias.

Que la Contaduría Municipal mediante la providencia PV-2022-00098154-MUNILUJAN-CM#SEF ha informado la imputación presupuestaria correspondiente.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley 6.769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la Municipalidad de Luján y la Dra. Karen Danila Wirth, DNI Nº 35.620.006, Matrícula T°XXI F°206 CADJM, con domicilio en la calle San Vicente esquina Rojas, de la Ciudad de Luján, Pcia. de Bs. As., cuyo objeto recaerá en la supervisión legal y técnica de la Oficina de Defensa al Consumidor, lo que incluye el control, programación de la Oficina, el dictado de audiencias e impulso de las instancias conciliatorias, suscribiendo y homologando los actos de acuerdo, autos de imputación, como así también de disponer las medidas destinadas al impulso procesal de los reclamos administrativos, incluyendo las suscripciones de providencias simples, notificaciones procesales, y demás actos que resuelvan las tramitaciones conforme la Ley Provincial N°13.133 en materia de derechos a consumidores y/o usuarios; además de la supervisión y revisión de los actos administrativos, previendo la normativa legal vigente en el ámbito Municipal, Provincial y Nacional del Despacho General de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, cuyo documento identificado como IF-2022-00093253-MUNILUJAN-SGPC forma parte integrante del presente acto administrativo.-

Artículo 2°.- La Municipalidad abonará por la obra pactada la suma total de pesos SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000) que se abonará en seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos ciento veinticinco mil ($ 125.000) cada una por el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre del corriente año, en concepto de honorarios.-

Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

7.- Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana.

01.- Formulación y Coordinación de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.

03.- Defensa al Consumidor.

110.- Tesoro Municipal.

3.4.9.0.- Servicios Técnicos y Profesionales. Otros.

Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-