Boletines/Lujan

Decreto Nº1544

Decreto Nº 1544

Lujan, 22/07/2022

Baja por fallecimiento Mendoza, Mirta Cristina - EX-2022-00082962- -MUNILUJANDRH#SGPC

Visto

el Expediente EX-2022-00082962-MUNILUJAN-DRH#SGPC por el que tramita la baja por fallecimiento de la ex agente Mirta Cristina Mendoza; y

Considerando

Que en orden Nº03, conforme surge del informe identificado como IF-2022-00084861-MUNILUJAN-DRH#SGPC, la ex agente Mirta Cristina Mendoza, legajo N° 4836, revestía al momento de su deceso en la planta permanente como personal de servicio, clase VI de 48 hs. semanales, prestando servicios en la Subdirección de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano.

Que en orden Nº05, la Dirección de Recursos Humanos toma vista y conocimiento del deceso de la agente mencionada ut-supra, indicando efectuar el acto administrativo. Que en orden Nº07, toma vista y conocimiento la Secretaría de Desarrollo Humano.

Que en orden Nº11, mediante IF-2022-00098284-MUNILUJAN-DRH#SGPC se adjunta el certificado de defunción de la ex agente Mendoza.

Que corresponde dejar constancia del reconocimiento a la labor realizada durante sus años de servicio a favor de la comunidad de Luján.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por los artículos 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y artículo 66° de la Ley 14.656. Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.-Dese de baja por fallecimiento a la ex agente municipal de planta permanente MIRTA CRISTINA MENDOZA, DNI Nº 18.356.914, legajo N° 4836, personal de servicio clase VI de 48 hs. semanales, a partir del 8 de junio de 2022.-

Artículo 2°.-Déjase constancia del reconocimiento que merece la eficaz tarea desarrollada por la ex agente MIRTA CRISTINA MENDOZA, en el ejercicio de la función llevada a cabo, a favor de la comunidad de Luján.-

Artículo 3°.-Dese de baja el acceso por intermedio de la Dirección de Sistemas y Modernización, a aquellos sistemas a los que la ex agente MIRTA CRISTINA MENDOZA, DNI Nº 18.356.914, legajo N° 4836, pudiera tener activos.-

Artículo 4°.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-