Boletines/Lujan
Decreto Nº 1499
Lujan, 19/07/2022
EX-2022-00020194-MUNILUJAN-DRH#SGPC- ADENDA al contrato de Locación de Obra AT Silvina Andrea Mas
Visto
el expediente N° EX-2022-00020194-MUNILUJAN-DRH#SGPC por el cual tramito la contratación de la Acompañante Terapéutica Silvina Andrea Mas
Considerando
Que por el Decreto Municipal N° 539, de fecha 25 de marzo de 2022, se aprobó la contratación bajo la modalidad de locación de obra en entre este Municipio y la Sra. Silvina Andrea Mas DNI N° 22.106.031, con domicilio en la calle Duarte Nº1340, de la ciudad de Luján, para realizar tareas de supervisión, cuidado integral y acompañamiento del menor que designare la Secretaria d Gobierno y Participación Ciudadana.
Que por IF-2022-00095081-MUNILUJAN-SGPC la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana impulsa la adenda al contrato mencionado, a fin de modificar los valores de la contratación.
Que mediante PV-2022-00095457-MUNILUJAN-SEF la Secretaria de Economía y Finanzas toma intervención y presta conformidad en el marco de sus competencias.
Que la Contaduría Municipal ha informado la imputación de la partida presupuestaria correspondiente por PV-2022-00097079-MUNILUJAN-CM#SEF.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley 6.769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Apruébese la ADENDA al contrato de Locación de Obra suscripta entre la Municipalidad de Luján y la Sra. Silvina Andrea Mas DNI N° 22.106.031, con domicilio en la calle Duarte Nº1340, de la ciudad de Luján, para prestar servicios de tareas de supervisión, cuidado integral y acompañamiento del menor que designare la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana.-
Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 539/2022 que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°.- La Municipalidad de Luján abonará la suma total de pesos trescientos sesenta y ocho mil ($368.000) que se pagarán en cuatro (4) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos treinta y dos mil ($32.000) cada una, por los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2022, y seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos cuarenta mil ($40.000) cada una, por los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2022.”
Artículo 3°.- El gasto que demande lo dispuesto por el artículo precedente será imputado a la siguiente partida presupuestaria:
27.- Secretaria de Gobierno y participación Ciudadana.
01.- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.
132.- De origen provincial.
3.4.5.0.- De capacitación.
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-