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Decreto Nº1489

Decreto Nº 1489

Lujan, 19/07/2022

EX-2022-00017843- -MUNILUJAN-DRH#SGPC- Adenda AT Florencia Tobar Corredor

Visto

el expediente EX – 2022 – 00017843 – MUNILUJAN – DRH#SGPC por el cual tramita la contratación de la Acompañante Terapéutica Florencia Soledad Tobar Corredor.

Considerando

Que por Decreto Municipal N° 865/2022 se aprobó la contratación bajo la modalidad de locación de obra entre este Municipio y la Sra. Florencia Soledad Tobar Corredor DNI N° 33.664.456, con domicilio en la calle Las Heras 1576, Partido de Luján, para realizar tareas de supervisión, cuidado integral y acompañamiento del menor que asignare la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

Que en orden 27 la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana impulsa la adenda al contrato mencionado, dado que corresponde modificar los valores de la contratación por locación de obra. Que en orden 30 la Secretaría de Economía y Finanzas toma intervención en el marco de sus competencias.

Que en orden 32 la Contaduría Municipal ha informado la imputación de la partida presupuestaria correspondiente.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Apruébese la ADENDA al contrato de Locación de Obra suscripta entre la Municipalidad de Luján y la Sra. Florencia Soledad Tobar Corredor DNI N° 33.664.456, con domicilio en la calle Las Heras 1576, Partido de Luján para prestar servicios de tareas de supervisión, cuidado integral y acompañamiento del menor que asignare la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 2° de Decreto N° 865/2022 que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2°.- La Municipalidad de Luján abonará la suma total de pesos trescientos sesenta y ocho mil ($ 368.000) que se abonaran en 4 (cuatro) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos treinta y dos mil ( $32.000) cada una, por los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2022, y seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos cuarenta mil ( $40.000) cada una , por los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2022.-“

Artículo 3°.- El gasto que demande lo dispuesto por el artículo precedente será imputado a la siguiente partida de Presupuesto de Gasto vigente:

27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

01.- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.

132.- De origen Provincial

3.4.5.0.- De Capacitación

Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.