Boletines/Lujan
Decreto Nº 1483
Lujan, 19/07/2022
EX-2022-00017846- MUNILUJAN-DRH#SGPC- ADENDA al contrato de Locación de Obra AT Daniela Marina Portaluppi
Visto
el expediente N° EX2022-00017846-MUNILUJAN-DRH#SGPC por el cual se tramita la contratación de la Acompañante Terapéutica Daniela Marina Portaluppi
Considerando
Que por Decreto Municipal N° 724, de fecha 12 de abril de 2022, se aprobó la contratación bajo la modalidad de locación de obra en entre este Municipio y la Sra. Daniela Marina Portaluppi DNI N° 25.778.509, con domicilio en la calle Rodolfo Moreno N°1834, de la ciudad de Luján, para realizar tareas de supervisión, cuidado integral y acompañamiento del menor que designare la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana impulsa mediante IF-2022-00095080- MUNILUJAN-SGPC la adenda al contrato mencionado.
Que por PV-2022-00095464-MUNILUJAN-SEF la Secretaria de Economía y Finanzas toma intervención en el marco de sus competencias.
Que mediante PV-2022-00097081-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal ha informado la imputación de la partida presupuestaria correspondiente.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 107° y concordantes del Decreto Ley 6.769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Apruébese la ADENDA al contrato de Locación de Obra suscripta entre la Municipalidad de Luján y la Sra. Daniela Marina Portaluppi DNI N° 25.778.509, con domicilio en la calle Rodolfo Moreno N°1834, de la ciudad de Luján, para prestar servicios de tareas de supervisión, cuidado integral y acompañamiento del menor que designare la Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana.-
Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 724/2022 que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°.- La Municipalidad de Lujan abonará la suma total de pesos trescientos sesenta y ocho mil ($368.000) que se abonarán en cuatro (4) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos treinta y dos mil ($32.000) cada una, por los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2022, y seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos cuarenta mil ($40.000) cada una , por los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2022.”
Artículo 3°.- El gasto que demande lo dispuesto por el artículo precedente será imputado a la siguiente partida presupuestaria:
27.- Secretaria de Gobierno y Participación Ciudadana.
01.- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.
132.- De origen provincial.
3.4.5.0.- De capacitación.
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-