Boletines/Lujan
Decreto Nº 1460
Lujan, 15/07/2022
EX-2022-00094923- MUNILUJAN-DRH#SGPC- Subsidio ESCUELA DE FUTBOL SANTIAGO CORTINEZ
Visto
Que mediante expediente N° EX-2022-00094923- -MUNILUJAN-DRH#SGPC se solicita una ayuda económica para la ESCUELA DE FUTBOL SANTIAGO CORTINEZ y;
Considerando
Que del análisis de la situación y de las conclusiones del informe presentado surge la necesidad de acudir en ayuda de la entidad solicitante y asistirla con recursos a fin de solventar gastos para el Hospedaje de los participantes del Torneo Mundialito de Fútbol que se llevará a cabo en la Ciudad de San Nicolás,
Que mediante PV-2022-00097019-MUNILUJAN-SDH el Secretario de Desarrollo Humano toma conocimiento
Que la institución se encuentra registrada en el Registro Municipal de Asociaciones y con reconocimiento de su Comisión Directiva. Que en PV-2022-00097952-MUNILUJAN-SEF presta conformidad el Secretario de Economía y Finanzas.
Que el mencionado gasto no se encuentra al alcance de la Institución. Que en PV-2022-00098093-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 107, 108 y 148 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Otórgase a favor de la ESCUELA DE FUTBOL SANTIAGO CORTINEZ con domicilio en la calle Las Catalpas Nº133 del Partido de Luján, representada por su presidente, el Sr. MATIAS EZEQUIEL BANEGAS, D.N.I. Nº 33.904.034, un subsidio por la suma de Pesos Treinta Mil ($30.000), por única vez, a los efectos detallados en los considerandos precedentemente enunciados con cargo de rendición de cuentas.
Artículo 2º.- El gasto que demande lo dispuesto por el artículo anterior será imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos vigente:
25.- Secretaria de Desarrollo Humano
47.- Programa Municipal de Deportes.
01.- Servicio Esparcimiento y Recreación con la Comunidad.
110.- Tesoro Municipal.
5.1.7.0.- Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro
Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese y archívese.-