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Decreto Nº1448

Decreto Nº 1448

Lujan, 13/07/2022

EX-2022-00067583- -MUNILUJAN-SCT- Promulgación Ordenanza N°7846

Visto

Que el Honorable Concejo Deliberante, en su Sesión de fecha 4 de julio de 2022 ha sancionado la ORDENANZA N°7846.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan del artículo 108° inc. 2 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Promúlgase la ORDENANZA N° 7846, cuyo texto se transcribe a continuación: “El Honorable Concejo Deliberante en ejercicio de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Artículo 1°.- Autorízase al Sr. Roque Niklison, DNI Nº 28.642.239 Presidente de la Cooperativa de Trabajo Circo al Frente Limitada, a hacer uso del espacio público municipal del Paseo Calelián, Nomenclatura Catastral: Circunscripción I; Sección D; Fracción 2, Parcela 1 ubicado sobre la calle Mitre, entre la prolongación de las calles Padre Salvaire, lindero al ribera del río Luján, desde el 27 de junio de 2022 hasta el 1° de agosto de 2022, para colocar la carpa del Circo CAS QÚ.

Artículo 2°.- El Departamento Ejecutivo deberá exigir todos los recaudos y medidas necesarias para el otorgamiento de la autorización que correspondan para deslindar de toda responsabilidad a la Municipalidad de Luján que exceda la simple autorización de uso del espacio público, expresada en el Artículo 1º precedente.

Artículo 3°.- En virtud de las características del lugar donde se desarrollará la actividad, el Departamento Ejecutivo deberá garantizar el cobro de los cánones correspondientes por el uso del espacio público, conforme el artículo siguiente, y en los días mencionados, la normal circulación del tránsito; como así también la conservación de la integridad del predio y de sus especies arbóreas, debiendo quedar éste en idénticas o mejores condiciones que las actuales, una vez retiradas las instalaciones del Circo.

Artículo 4°.- El Departamento Ejecutivo exigirá el pago de los Derechos por Ocupación del Espacio Público, determinado por las Ordenanza Fiscal N° 7525 y Ordenanza Impositiva N° 7526 y sus modificatorias, solamente los días declarados por el peticionante que se brinde el espectáculo circense

Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese al DE, publíquese y archívese.

Corresponde N° 7846.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.

Jésica Rivarola                                                                                Agustín Musso

Secretaria                                                                                        Presidente

H.C.D de Luján                                                                                H.C.D de Luján”

Artículo2°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.