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Decreto Nº1434

Decreto Nº 1434

Lujan, 11/07/2022

EX-2022-00059788- -MUNILUJAN-DRH#SGPC-Bonificaciones Walton Maximiliano

Visto

el Expediente N° EX-2022-00059788- -MUNILUJAN-DRH#SGPC por el que tramita la asignación de las bonificaciones por disposición permanente y por tareas penosas, riesgosas o insalubres para el agente Maximiliano Alan Blas Walton; y

Considerando

Que en orden N°02, mediante nota N° NO-2022-00059408-MUNILUJAN-SDP#SEF, la Subdirectora de Patrimonio, solicita la asignación de las bonificaciones de tareas penosas, riesgosas o insalubres del 15% y la de disposición permanente del 50% del sueldo básico para el agente Walton.

Que conforme surge del Informe identificado como IF-2022-00060736-MUNILUJAN-DRH#SGPC, el agente municipal de planta temporaria Maximiliano Alan Blas Walton, reviste como personal obrero clase VII de 48 hs. semanales, con bonificación por título del 08% del sueldo básico. Que en orden Nº 07, la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana toma vista y conocimiento.

Que en el orden Nº 09, se halla la intervención de la Secretaría de Jefatura de Gabinete, prestando conformidad a lo requerido.

Que en orden Nº 11, obra la conformidad la Secretaría de Economía y Finanzas. Que en orden Nº 15, luce memorándum identificado como ME-2022-00056374-MUNILUJANDRH#SGPC, del cambio de repartición del agente Walton.

Que en el orden N° 18, se incorpora la Providencia N° PV-2022-00091856-MUNILUJAN-CM#SEF de la correspondiente imputación presupuestaria de la Contaduría Municipal para el otorgamiento de las bonificaciones para el agente Walton.

Que en orden Nº 24, la Subdirectora informa mediante PV-2022-00091856-MUNILUJAN-SPC#SEF que el agente Walton efectúa tareas de mantenimiento de espacios verdes.

Que en orden Nº 26, la Dirección de Recursos Humanos toma intervención en el marco de sus competencias establece e informa que las bonificaciones requeridas reúnen con las condiciones establecidas en la ordenanza Nº 7492, por los artículos 20º, que establece una BONIFICACION POR DISPOSICIÓN PERMANENTE que podrá alcanzar hasta el cuarenta y cinco por ciento (45%) del sueldo básico para los agentes que revisten como personal Superior y Jerárquico y hasta el cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico para los agentes que revisten como categoría Profesional, Persona Obrero, de Servicio, Administrativo e Inspector Fiscalizador en tanto las razones de servicio exijan la permanente y/o exclusividad dedicada a la función, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley vigente y previa consideración y autorización de este Departamento Ejecutivo; y por el artículo 31º, el cual fija una BONIFICACIÓN POR ACTIVIDADES PENOSAS, RIESGOSAS O INSALUBRES a todo agente municipal que preste servicios en áreas o en el desarrollo de tareas penosas, riesgosas o insalubres, siendo un porcentaje del quince por ciento del sueldo básico. Asimismo, informa que las bonificaciones se otorgaran a partir del 01 de julio del corriente año. -

Que conforme lo indicado en los considerandos anteriores, a requerimiento de lo solicitado por la Subdirectora de Patrimonio, corresponde asignar la bonificación por tareas penosas, riesgosas o insalubres del 15% y la bonificación por disposición permanente del 50% de sueldo básico al agente municipal de planta temporaria Maximiliano Alan Blas Walton.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58.

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Asignase la BONIFICACIÓN POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS O INSALUBRES DEL 15%, al agente municipal de planta temporaria Maximiliano Alan Blas WALTON, legajo N° 7280, a partir del 01 de julio del 2022.

Artículo 2°.- Asignase la BONIFICACIÓN POR DISPOSICIÓN PERMANENTE DEL 50%, al agente municipal de planta temporaria Maximiliano Alan Blas WALTON, legajo N° 7280, a partir del 01 de julio del 2022.

Artículo 3º.-Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TÍTULO del 08%, a la agente municipal de planta temporaria Maximiliano Alan Blas WALTON, legajo N° 7280, a partir del 01 de noviembre del 2020.

Artículo 4º.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1º al 3º, será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

17.- Secretaría de Economía y Finanzas.

01.- Formulación y Ejecución de Políticas Económicas.

110.- Tesoro Municipal. 01.- Gastos en Personal.

02.- Personal Temporario.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 5°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.