Boletines/Lujan
Decreto Nº 1414
Lujan, 07/07/2022
EX-2021-00071860-MUNILUJAN-DRH#SGPC- Reintegro de los anticipos 4,5 y 6/2020 de la Tasa de Inspección por Seguridad e Higiene a nombre de LANNUTTI VICTOR AGUSTIN y MANNO ESTEBAN S.S.
Visto
El expediente electrónico EX-2021-00071860-MUNILUJAN-DRH#SGPC;
Considerando
Que por Decreto N° 2221/2021 de fecha 07 de diciembre de 2021 se otorgó la condonación de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a la firma LANNUTTI VICTOR AGUSTIN y MANNO ESTEBAN S.S. legajo N° 62.759, por los periodos 2 a 6/2020;
Que por omisión del contribuyente, no se informó el pago de los anticipos 4 , 5 y 6/2020.
Que según IF-2022-00061239-MUNILUJAN-DIP#SEF, orden N° 19, se adjuntan los comprobantes de pago de los períodos antes mencionados.
Que mediante PV-2022-00061402-MUNILUJAN-DIP#SEF el Departamento de Comercio solicita se le reintegre los importes abonados como nota de crédito en la cuenta corriente del legajo Nº67259.
Que en orden Nº31 mediante PV-2022-00090323-MUNILUJAN-SEF el Secretario de Economía y Finanzas toma vista de los presentes actuados.-
Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58.
Por Ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Reintegrar el anticipo 4/2020 por un importe de pesos cuatro mil seiscientos ochenta y siete con veintidós centavos ($4.687,22), el anticipo 5/2020 por un importe de pesos cinco mil cuatrocientos setenta y nueve con sesenta y tres centavos ($5.479,63) y el anticipo 6/2020 por un importe de pesos cuatro mil trescientos cuarenta y ocho con treinta y siete centavos ($4.348.37) abonados erróneamente, los cuales se imputarán como nota de crédito en la cuenta corriente del legajo N° 62.759 a nombre de la firma LANNUTTI VICTOR AGUSTIN y MANNO ESTEBAN S.S.-
Artículo 2°: Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese, cumplido archívese.-