Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº3284/2023

Decreto Nº 3284/2023

Coronel Suárez, 16/11/2023

Visto

el Expediente de referencia, y-

Considerando

Los informes elaborados por el Secretario de Obras Pcas. Ing. Mario Abelardo, los cuales lucen agregados a fs. 423 y 428 de autos, dando cuenta que la contratista JOEL DAVID KATZMAN, en el marco del Expediente de referencia, Licitación Pública Nº 25/2023,  no ha dado cumplimiento a la presentación del plano de escurrimiento hidráulico de acuerdo a Pliego de especificaciones técnicas particulares y generales, requisito sine qua non para el inicio de obra respectivo.-

                                      Que la contratista ha sido debida y formalmente notificada mediante Carta Documento nº 242925775 de fecha 24.10.2023  de tal intimación.-

                                     Que ante el silencio absoluto mantenido hasta el día de la fecha por la empresa, es que la Subsecretaria Legal y Técnica considera ajustado a derecho y conforme lo establecido en el art. 41 del Pliego antes mencionado, que establece las condiciones para dar inicio a la obra, quedando obligado a comenzar los trabajos dentro de los 15 días corridos a partir de la fecha de la firma del contrato correspondiente, el cual se suscribió el 17.08.2023, sumado al Art. 39 que establece que dentro de  los cinco (5) días  de firmado el contrato, el contratista deberá presentar el Plan de Trabajos Definitivo, proceder a RESCINDIR el contrato de obra suscripto con la firma JOEL DAVID KATZMAN CUIT Nº 20-33990921-1, procediéndose en consecuencia a fijar las multas de rigor por incumplimiento contractual por culpa exclusiva de la contratista, conforme Ley de Obras Pcas. y contrato de obra, así como también proceder a la ejecución de las respectivas pólizas contra la WORANZ  Compañía de Seguros  SA  Cuit 30-71216248-8, con Domicilio en Rivadavia 611 de (1002) de CABA en relación al anticipo financiero percibido por la empresa – Poliza Nº 29.789- y Ejecución de Contrato –Póliza Nº 29.787-.-

                                      Que de acuerdo al dictamen elaborado con fecha 15.11.2023 por la Sub Secretaria Legal y técnica, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el Expediente,  se debe proceder a  Rescindir el Contrato de Locación de obra suscripto entre las partes con fecha 17.08.2023 en el marco del EXP-MCS: 646/2023 “Programa Provincial Municipios a la obra 2023 Cordón Cuneta en Barrio Teodosio Alaniz” por culpa e incumplimiento contractual de la contratista.-

                                           Por todo, el Intendente Municipal en uso de sus

atribuciones;

 

 

 

 

                                             D E C R E T A

ART. 1°: Declarase rescindido el Contrato de locación de Obra suscripto con  - - - - - fecha 17.08.2023 en el marco del EXP-MCS: 646/2023 “Programa Provincial Municipios a la obra 2023 Cordón Cuneta en Barrio Teodosio Alaniz” con la firma JOEL DAVID KATZMAN CUIT Nº 20-33990921-1, por culpa e incumplimiento contractual de la contratista atento no haber dado inicio a la Obra en cuestión en los tiempo y plazos señalados de acuerdo al  art. 39 y 41 de Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales, procediéndose  en consecuencia a aplicar las sanciones y multas correspondientes de acuerdo a  la ley de Obras Pcas. 6021 y al mencionado contrato.-

ART. 2: Oportunamente instrúyase  a la Subsecretaria Legal y técnica                    - - - - - conforme Ley 6021 de Obras Publicas al inicio de la respectiva ejecución administrativa y/o judicial de las  correspondientes Pólizas  de Seguro contra WORANZ  Compañía de Seguros  SA  cuit 30-71216248-8, con Domicilio en Rivadavia 611 de (1002) de CABA en relación al anticipo financiero percibido por la empresa -Póliza Nº 29.789- y Ejecución de Contrato -Póliza Nº 29.787-.-

ART.3: Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.-