Boletines/Bragado
Decreto Nº 1659
Bragado, 02/11/2023
Visto
VISTO: El Expte. Nº 4014-3926/23, mediante el cual se gestiona la escrituración del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I; Sección C; Manzana 263; Parcela 12; Partida Inmobiliaria Nº 012-27308; e inscripto en la Matrícula Nº 25612 del Partido de Bragado; y
Considerando
CONSIDERANDO: Que, resulta imprescindible para otorgar a los adquirentes la seguridad jurídica, que implica la titularidad de dominio sobre el bien inmueble adquirido; Que, existen razones sociales suficientes para justificar la inscripción del inmueble referido a nombre de los Sres. Iberna Alfredo Norberto y Spadaro Rubén Dario; Que, según lo dispuesto por el art. 4º inc. d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en la regulación dominial de situaciones de interés social como la presente; por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- DECLARAR de INTERES SOCIAL la escrituración del inmueble identificado catastralmente como: CIRCUNSCRIPCION I; SECCIÓN C; MANZANA 263; PARCELA 12; Partida Inmobiliaria Nº 012-27308; e inscripto en la Matrícula Nº 25612 del Partido de Bragado, a favor de los Sres. IBERNA ALFREDO NORBERTO, DNI Nº 22.799.546 y SPADARO RUBEN DARIO, DNI Nº 22.934.421.- ARTICULO 2º.- REQUERIR la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble referenciado.- ARTICULO 3°.- DEJAR establecido que los adquirentes se encuentran en posesión real y efectiva del inmueble.- ARTICULO 4°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 5°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-