Boletines/Vicente López
Decreto Nº 6827/23
Vicente López, 23/11/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-3961-2023
Visto
Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 108 dispuesto por Decreto Nº 4874/23 por la “ADQUISICION DE JUEGOS INFANTILES CON DESTINO A LAS DISTINTAS PLAZAS DEL PARTIDO Y EL PASEO DE LA COSTA”, y
Considerando
Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 511 se han presentado tres oferentes.
Que a fs. 573/577 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.
Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 580/582 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el Art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a las firmas ORDENAR MOBILIARIO URBANO S.A.S, CRUCI S.R.L. y GREEN JUEGOS ATRACCIONES S.R.L por un total de $ 37.256.658,30.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- ADJUDICAR a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la “ADQUISICION DE JUEGOS INFANTILES CON DESTINO A LAS DISTINTAS PLAZAS DEL PARTIDO Y EL PASEO DE LA COSTA”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación de fs. 580/582.
| ORDENAR MOBILIARIO URBANO S.A.S. | $4,185,000.00 |
| CRUCI S.R.L. | $4,430,658.30 |
| GREEN JUEGOS ATRACCIONES SRL | $28,641,000.00 |
| TOTAL | $37,256,658.30 |
Artículo 2º.- La suma de Pesos treinta y siete millones doscientos cincuenta y seis mil seiscientos cincuenta y ocho con treinta centavos ($37.256.658,30), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos N° 0-7844 obrante a fs 23/24 y Ajuste de Preventiva N° 9-001216 de fs. 586.
Artículo 3º.- Las firmas adjudicatarias deberán presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero, por el 50% (cincuenta por ciento) conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo Pliego.
Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 5º.- Tomar conocimiento la Secretaría de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería) y Jefatura de Gabinete.
Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Menendez- Alvarez- Baistrocchi