Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00288/23
Coronel Pringles, 01/03/2023
Visto
el Expediente N° 0090/23 iniciado por el Sr. Vanoli Aníbal; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita se re-imputen los pagos de las cuotas que abonó por error involuntario en dos oportunidades respecto de la tasa de Red Vial correspondiente a las Partidas Nº 13572-13573-1472 y 1475;
Que la Dirección de Ingresos Públicos informa que efectivamente se han abonado en dos oportunidades las cuotas 09/2021 y la 06/2022 de la tasa de Red Vial en las partidas arriba indicadas, lo que se demuestra a fs. 18-25;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 49 de la Ordenanza fiscal vigente, que dice “Cualquier contribuyente podrá pedir el reintegro de pagos efectuados por error de hecho o de cálculo, ya sea que el error provenga de la dependencia Municipal interviniente o del propio contribuyente y que no cuestione resoluciones o normas impositivas que apliquen gravámenes. Para que el reintegro sea procedente, el error deberá surgir en forma clara y manifiesta de las actuaciones administrativas o de la documentación respectiva. A tal fin el Contribuyente deberá iniciar un expediente especial en el cual deberá acompañar o señalar la documentación acreditante…”;
Que por tal motivo correspondería proceder a compensar los montos abonados por error de las cuotas 09/2021 y la 06/2022 correspondiente a las Partidas Nº 13572-13573-1472 y 1475 a las cuotas 10/2021 y 07/2022 de la tasa de Red Vial, lo que así dictamina la Dirección de Ingresos Públicos y Cobranzas;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Compénsense la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS TRES CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($41.503,34) que corresponden a un doble pago por error involuntario de las cuotas 09/2021 correspondiente a las Partidas Nº 13572 ($370,76) – 13573 ($2.194,20) – 1472 ($5.755,80)-1475($7.218,60) y la cuota 06/2022 correspondiente a Partidas Nº 13572 ($615,60) – 13573 ($3666,75) – 1472 ($9.618,57) y 1475 ($12.063,06), con las cuotas 10/2021 y 07/2022 de la tasa de Red Vial correspondientes a las Mismas Partidas pertenecientes al Sr. VANOLI ANIBAL de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente, en el marco del Articulo 49 de La Ordenanza Fiscal vigente.
ARTICULO 2º: Cúmplase, Comuníquese, publíquese dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO Nº 0288/23.