Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº00263/23

Decreto Nº 00263/23

Coronel Pringles, 27/02/2023

Visto

el Expediente N° 0304/23 iniciado por la Sra.  GIORGI GRACIELA OLGA; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita el reintegro de $ 43.302,25 por pago erróneo de tasas municipales;

Que la Dirección de Ingresos Públicos informa que la Partida Nº 12435 de la tasa de Red Vial se encontraba adherida al débito automático hasta que el día 11/01/2023 la contribuyente procedió a dar de baja el servicio para poder abonar la cuota anual en la oficina de recaudación;

Que el archivo enviado al banco con la información respecto a los débitos automáticos se efectuó con anterioridad al pago realizado por el contribuyente por lo que la entidad bancaria procedió a realizar el débito a la contribuyente por el importe de $43.302,25;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 49 de la Ordenanza fiscal vigente, que dice “Cualquier contribuyente podrá pedir el reintegro de pagos efectuados por error de hecho o de cálculo, ya sea que el error provenga de la dependencia Municipal interviniente o del propio contribuyente y que no cuestione resoluciones o normas impositivas que apliquen gravámenes. Para que el reintegro sea procedente, el error deberá surgir en forma clara y manifiesta de las actuaciones administrativas o de la documentación respectiva. A tal fin el Contribuyente deberá iniciar un expediente especial en el cual deberá acompañar o señalar la documentación acreditante…”;

Que en razón de ello la Dirección de Ingresos Públicos informa que se debería reintegrar importe de $43.302,25 debitado por error involuntario respecto de la Partida 12435 del contribuyente Giorgi José Luis;

            Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

  D E C R E T A 

ARTICULO 1º: Reintégrese al Sr. GIORGI JOSÉ LUIS, DNI Nº 5.433.356, la suma

de PESOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS DOS con  VEINTICINCO CENTAVOS ($43.302,25), en virtud que por error involuntario se debito dicha suma  en relación a la Partida 12435.

ARTICULO 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se atenderá por medio de una Orden de Devolución de Recursos en 12.1.03.01 “Red Vial”. Ejercicio actual.

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, y publíquese dése al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 0263/23.