Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00245/23
Coronel Pringles, 17/02/2023
Visto
el Expediente Nº 3.079/2022 Caratulado “CASTAÑO HORACIO SOL EXIMISION DE IMPUESTOS”; y
Considerando
Que a fs. 1 se presenta el Sr. Horacio Castaño, solicitando la eximición del pago de tasas municipales con respecto a la Partida 3097-04, fundamentando su requerimiento en el hecho de ser una persona con discapacidad;
Que a fs 4 acredita su condición mediante copia del Certificado Único de Discapacidad;
Que conforme a lo que prescribe la Ordenanza Fiscal vigente en su artículo 76º inc. “a)”, resulta procedente la eximición solicitada a personas con ingresos irregulares y/o que no superen dos jubilaciones mínimas;
Que los extremos referidos son acreditados a fs. 8/9 mediante informe socio-ambiental;
Que de acuerdo a la documentación obrante en las presentes actuaciones se desprende que el Sr. Castaño reúne los requisitos exigidos por la Ordenanza Fiscal vigente;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Exímase del pago de tasas de Servicios Urbanos y Servicios Sanitarios al Sr. CASTAÑO HORACIO AMÉRICO, DNI: 18.104.342, con respecto al inmueble identificado con la partida 3097-04, domiciliado en calle Brown Nº 2.164, en el marco del artículo 76º inc. a) de la Ordenanza Fiscal vigente.
ARTICULO 2°: La eximición dispuesta en el artículo 1º será renovable automáticamente en forma anual hasta el vencimiento del Certificado Único de discapacidad (24/10/2032).
ARTICULO 3°: Notifíquese de todo lo actuado en el presente.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0245/23.