Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 00220/23
Coronel Pringles, 13/02/2023
Visto
el Expediente N° 0239/23 iniciado por la Directora de Acción Social, Sra. Natalia Pereyra; y
Considerando
Que mediane el mismo solicita autorización para atender los gastos que ocasionan los trabajos de mejoramiento habitacional del “Hogar Convivencial”, ubicado en calle José Hernández (0) e/Cabrera y Medina de esta ciudad, consistentes en recambio de cubierta completa en cocina, lavadero, baño del personal y despensa;
Que en dicho lugar se alojan niñas, niños y adolescentes con medida de abrigo, cuyos derechos han sido vulnerados, siendo la función principal de la Institución restituir los mismos;
Que el presupuesto para dar lugar a lo requerido asciende a la suma de $939.581,23 de los cuales $510.724,00 se destinan a los materiales y $428.839,00 a la mano de obra, provistos por el área de Acción Social;
Que de fs.2 a 12 se adjunta al Expediente N° 0239/23 la documentación pertinente, relativa a la Obra requerida;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícense las tareas de mejoramiento habitacional del “Hogar Convivencial”, ubicado en calle José Hernández (0) e/Cabrera y Medina de esta ciudad, consistentes en recambio de cubierta completa en cocina, lavadero, baño del personal y despensa, en dicho lugar se alojan niñas, niños y adolescentes con medida de abrigo, cuyos derechos han sido vulnerados, siendo la función principal de la Institución restituir los mismos, con un presupuesto de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO con VEINTITRES CENTAVOS ($939.581,23) de los cuales $510.742,23 se destinan a los materiales y $428.839 a la mano de obra, provistos por el área de Acción Social.
ARTICULO 2°: El gasto mencionado en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 01.00.00 “Dirección de Desarrollo Social”, Partida 4.2.1.0. “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 0220/23.